Resolución 43/1998
Fecha de disposición | 22 Abril 1998 |
Fecha de publicación | 22 Abril 1998 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 28882 |
Resolución conjunta 410/98 y 43/98 del 2/4/98 Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos
y Ministerio del Interior
EMERGENCIA AGROPECUARIA
Resolución conjunta 410/98 y 43/98
Declárase a los efectos de la aplicación de la Ley Nº 22.913, en relación con determinados Departamentos de la Provincia de Mendoza.
Bs. As., 2/4/98
B.O: 22/4/98
VISTO el Expediente Nº 800-000663/98 del Registro de la SECRETARIA DE ACRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la Ley Nº 22.913, el Decreto Nº 581 del 26 de junio de 1997 y el acta de la reunión de la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIA AGROPECUARIA de fecha 27 de enero de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que la Provincia de MENDOZA ha declarado el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, a las propiedades rurales ubicadas en zonas bajo riego de algunos Departamentos, afectadas por heladas y/o granizo, mediante los Decretos Provinciales Nros.83 del 23 de enero y 192 del 9 de febrero, ambos de 1998.
Que la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIA AGROPECUARIA ha analizado la situación ocurrida en la citada provincia y opina que corresponde declarar el estado de emergencia y/o desastre agropecuario a fin de la aplicación, en las zonas afectadas, de las medidas previstas en la Ley Nº 22.913 para paliar la situación de los productores y posibilitar la recuperación de las explotaciones.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Que por el artículo 3º, inciso a) apartado 1) del Decreto Nº 101 de fecha 16 de enero de 1985, se delega en los Señores Ministros de Economía y Obras y Servicios Públicos y del Interior la facultad de declaración y cese de emergencias agropecuarias y zonas de desastre.
Por ello,
LOS MINISTROS DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y DEL INTERIOR RESUELVEN:
A los efectos de la aplicación de la Ley Nº 22.913:
-
Declarar en la Provincia de MENDOZA el estado de emergencia agropecuaria, a las propiedades rurales ubicadas en zonas bajo riego afectadas por heladas y/o granizo de los Distritos de Ugarteche, Las Compuertas, Mayor Drunmond, Chacras de Coria y Vistalba del Departamento LUJAN; Villa Cabecera, Alto Salvador, Alto Verde, Buen Orden, Chapanay, Chivilcoy, El Divisadero, El Ramblón, Ingeniero Giagnoni, Chimbas, Montecaseros, Palmira, Tres Porteñas y Tres...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba