Resolución 43/1998

Fecha de disposición22 Abril 1998
Fecha de publicación22 Abril 1998
SecciónResoluciones
Número de Gaceta28882

Resolución conjunta 410/98 y 43/98 del 2/4/98 Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos

y Ministerio del Interior

EMERGENCIA AGROPECUARIA

Resolución conjunta 410/98 y 43/98

Declárase a los efectos de la aplicación de la Ley Nº 22.913, en relación con determinados Departamentos de la Provincia de Mendoza.

Bs. As., 2/4/98

B.O: 22/4/98

VISTO el Expediente Nº 800-000663/98 del Registro de la SECRETARIA DE ACRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la Ley Nº 22.913, el Decreto Nº 581 del 26 de junio de 1997 y el acta de la reunión de la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIA AGROPECUARIA de fecha 27 de enero de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que la Provincia de MENDOZA ha declarado el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, a las propiedades rurales ubicadas en zonas bajo riego de algunos Departamentos, afectadas por heladas y/o granizo, mediante los Decretos Provinciales Nros.83 del 23 de enero y 192 del 9 de febrero, ambos de 1998.

Que la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIA AGROPECUARIA ha analizado la situación ocurrida en la citada provincia y opina que corresponde declarar el estado de emergencia y/o desastre agropecuario a fin de la aplicación, en las zonas afectadas, de las medidas previstas en la Ley Nº 22.913 para paliar la situación de los productores y posibilitar la recuperación de las explotaciones.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que por el artículo 3º, inciso a) apartado 1) del Decreto Nº 101 de fecha 16 de enero de 1985, se delega en los Señores Ministros de Economía y Obras y Servicios Públicos y del Interior la facultad de declaración y cese de emergencias agropecuarias y zonas de desastre.

Por ello,

LOS MINISTROS DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y DEL INTERIOR RESUELVEN:

Artículo 1º

A los efectos de la aplicación de la Ley Nº 22.913:

  1. Declarar en la Provincia de MENDOZA el estado de emergencia agropecuaria, a las propiedades rurales ubicadas en zonas bajo riego afectadas por heladas y/o granizo de los Distritos de Ugarteche, Las Compuertas, Mayor Drunmond, Chacras de Coria y Vistalba del Departamento LUJAN; Villa Cabecera, Alto Salvador, Alto Verde, Buen Orden, Chapanay, Chivilcoy, El Divisadero, El Ramblón, Ingeniero Giagnoni, Chimbas, Montecaseros, Palmira, Tres Porteñas y Tres...

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