Resolución 34/1998

Fecha de disposición13 Abril 1998
Fecha de publicación13 Abril 1998
SecciónResoluciones
Número de Gaceta28875

Resolución Conjunta 395/98 y 34/98 del 27/03/98 Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos y Ministerio del Interior EMERGENCIA AGROPECUARIA Resolución Conjunta 395/98 y 34/98 Prorrógase en la Provincia de Santa Cruz, a los efectos de la aplicación de la Ley Nº 22.913. Bs. As., 27/3/98 B.O: 13/04/98 VISTO el Expediente Nº 800-011488/97 del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la Ley Nº 22.913, el Decreto Nº 581 del 26 de junio de 1997 y el acta de la reunión de la Comisión Nacional de Emergencia Agropecuaria de fecha 28 de octubre de 1997, y CONSIDERANDO: Que la Provincia de SANTA CRUZ ha prorrogado el estado de emergencia o zona de desastre agropecuario, a los productores agropecuarios, afectados por intensas nevadas en todo el Territorio de la Provincia; mediante Decreto Provincial Nº 1141 del 4 de septiembre de 1997. Que la Comisión Nacional de Emergencia Agropecuaria ha analizado la situación ocurrida en la citada provincia y opina que corresponde declarar el estado de emergencia y/o desastre agropecuario a fin de la aplicación, en las zonas afectadas, de las medidas previstas en la Ley Nº 22.913 para paliar la situación de los productores y posibilitar la recuperación de las explotaciones. Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS. Que por el artículo 3º, inciso a), apartado 1) del Decreto Nº 101 de fecha 16 de enero de 1985, se delega en los Señores Ministros de Economía y Obras y Servicios Públicos y del Interior la facultad de declaración y cese de emergencias agropecuarias y zonas de desastre. Por ello, LOS MINISTROS DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y DEL INTERIOR RESUELVEN: Artículo 1º-A los efectos de la...

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