Resolución 395/1995

Fecha de disposición17 Octubre 1995
Fecha de publicación17 Octubre 1995
SecciónResoluciones
Número de Gaceta28250

Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos

NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR

Resolución Nº 395/95

Modificación.

Bs. As., 12/10/95

VISTO el Expediente Nº 060-007594/95 del registro del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 288 de fecha 19 de setiembre de 1995 incorpora a la NOMENCLATURA COMUN DEL MERCADO COMUN DEL SUR (N.C.M.) nuevas posiciones arancelarias correspondientes al complejo textil, de acuerdo a las modificaciones introducidas a la N.C.M. por la Resolución 19/95 del Grupo Mercado Común.

Que se hace necesario otorgar al conjunto de estas nuevas posiciones arancelarias Derechos de Importación Específicos Mínimos (D.I.E.M.), extendiendo de esta manera el alcance de la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 304 de fecha 22 de setiembre de 1995.

Que asimismo se hace necesario mantener la excepción al pago de D.I.E.M. prevista en la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 399 de fecha 24 de marzo de 1995.

Que a su vez resulta conveniente el mantenimiento de las condiciones para aquellas operaciones de importación que se hubiesen definido con anterioridad a la sanción de las Resoluciones M.E. y O. y S.P. Nros 304 y 305, ambas de fecha 22 de setiembre de 1995.

Que la SECRETARIA DE INDUSTRIA y la SECRETARIA DE COMERCIO E INVERSIONES dependientes del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS han tomado la intervención que les compete.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en función de lo previsto en la Ley Nº 22.415, en la Ley de Ministerios -t.o. en 1992- y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nos 101 de fecha 16 de enero de 1985, 1011 de fecha 29 de mayo de 1991 y 2275 del 23 de diciembre de 1994.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1º

Elimínase del Anexo I de la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 304/95, las posiciones arancelarias de la N.C.M. que a continuación se indican:

5111.30.10

5407.10.10

5407.10.20

5512.91.00

5512.99.00

5603.00.10

5603.00.90

Art. 2º

Sustitúyense los D.I.E.M. de las siguientes posiciones arancelarias de la N.C.M., por los que en cada caso se indican:

DOLARES ESTADOUNIDENSES POR KILOGRAMO 5407.10.19 4,40 5407.10.29 4,40 5512.90.90...

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