Resolución 541/1988

Fecha de disposición06 Julio 1988
Fecha de publicación06 Julio 1988
SecciónResoluciones
Número de Gaceta26416

INFOLEG ARANCELES

Res. 541/88-SAGP

Fíjanse los aranceles de inspección establecidos por el Decreto Nº 691/81, reglamentario de la Ley 22.421 de Conservación de la Fauna.

Bs. As., 15/06/88.

VISTO el expediente Nº 830/88, por el cual la DIRECCION NACIONAL DE FAUNA SILVESTRE solicita se fijen nuevos aranceles de inspección como así también la actualización de los ya vigentes, de acuerdo a lo establecido por el Decreto nº 691 del 27 de marzo de 1981, reglamentario de la Ley nº 22.421 de Conservación de la Fauna, y

CONSIDERANDO:

Que esta SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA está facultada para fijar los aranceles de inspección correspondientes a la identificación de especies y control de certificados de origen para la importación, exportación y comercio interno en jurisdicción federal, conforme a lo normado por el artículo 148 del Decreto nº 691/81.

Que por Resolución nº 175 del 6 de octubre de 1982 se han fijado los mencionados aranceles, que progresivamente fueron adaptados a los valores reales de actualización por medio de la Resolución nº 693 del 9 de diciembre de 1983, Resolución nº 304 del 18 de junio de 1984 y Resolución nº 912 del 23 de diciembre de 1986, lo que hace necesario establecer nuevos aranceles de inspección a efectos de reducir la actual desproporción entre el costo de los servicios de fiscalización que la DIRECCION NACIONAL DE FAUNA SILVESTRE ejerce de acuerdo a las disposiciones de la Ley nº 22.421 de Conservación de la Fauna y su Decreto Reglamentario nº 691/81.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

RESUELVE:

Artículo 1º

Fijar los aranceles de inspección establecidos de acuerdo al Decreto nº 691/81 reglamentario de la Ley nº 22.421 de Conservación de la Fauna, en la forma que a continuación se detalla:

Aranceles para la extensión de la Licencia Nacional de Caza Deportiva (art. 90 90, inciso c):

- Caza Deportiva Mayor: AUSTRALES CIENTO SESENTA (A 160,00)

- Caza Deportiva Menor: AUSTRALES SESENTA (A 60,00)

Arancel para la extensión de la Licencia de Caza Comercial (art. 103): AUSTRALES TRESCIENTOS VEINTE (A 320,00)

Arancel de inspección de productos destinados a la exportación (art. 126):

  1. Animales vivos con fines científicos, educativos o culturales para la exhibición zoológica:

    Mamíferos: UN AUSTRAL CON SESENTA CENTAVOS (A 1,60)

    Aves: OCHENTA CENTAVOS DE AUSTRAL (A 0,80)

    Reptiles: OCHENTA CENTAVOS DE AUSTRAL (A 0,80)

    Anfibios: OCHENTA CENTAVOS DE...

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