Resolución 20174/2010

Fecha de la disposición30 de Agosto de 2010

Administración de Programas Especiales

AGENTES DEL SEGURO DE SALUD

Resolución 20.174/2010

Establécese un plazo para dar cumplimiento con las Rendiciones de Cuentas de subsidios.

Bs. As., 24/8/2010

VISTO el Decreto 53/98, las Resoluciones Nº 7800/03-APE, Nº 19310/06-APE y 3626/10-APE, y el Acta Compromiso de Regularización de Control Interno celebrada entre la Administración de Programas Especiales y la Sindicatura General de la Nación el día 05/10/06; y

CONSIDERANDO

Que mediante la Resolución Nº 7800/03- APE se aprobaron las normas y procedimientos a los que los Agentes del Seguro de Salud deben ajustar su proceder en lo que respecta a las Rendiciones de Cuentas de los Subsidios otorgados por esta Administración de Programas Especiales.

Que en el marco del Acta Compromiso de Regularización de Control Interno, se suscribió un protocolo entre la Administración de Programas Especiales, la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires y la Sindicatura General de la Nación, por el cual se autorizó y se llevó a cabo un análisis de todos los subsidios otorgados con anterioridad al año 2006.

Que de dicho análisis surgió que existe una gran cantidad de Agentes del Seguro de Salud que por diversas razones no han dado cumplimiento con la obligación de Rendir Cuentas.

Que en virtud de la Resolución Nº 19310/06- APE, se otorgó un plazo de cinco meses, para que los Agentes del Seguro de Salud dieran cumplimiento con aquellas Rendiciones de Cuenta de subsidios y apoyos económico- financieros pendientes por sumas percibidas con anterioridad al año 2006.

Que ante la situación descripta fue necesario adoptar medidas que no ocasionaran un desfasaje económico-financiero en los Agentes del Seguro de Salud y que perjudicaran a los beneficiarios.

Que en el marco descripto se dictó la Resolución Nº 3626/10-APE a través de la cual se otorgó un plazo único y perentorio de sesenta (60) días hábiles para que los Agentes del Seguro de Salud dieran cumplimiento con las Rendiciones de Cuentas de subsidios otorgados hasta el 31/12/2005.

Que en virtud a la repercusión de la medida adoptada, el plazo otorgado resultó exiguo, lo que generó múltiples pedidos de los Agentes del Seguro de Salud en lo concerniente a la ampliación del mismo a efectos de poder verificar documentación de vieja data (anterior al 31/12/2005).

Que en mérito a lo expuesto, se hace necesario otorgar un nuevo y único plazo a fin que los...

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