Resolución 858/2010

EmisorMinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Fecha de la disposición25 de Agosto de 2010

Miércoles 25 de agosto de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.972 32 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Resolución N'º852/2010

Otórgase la personerÃa gremial al Sindicato de Peones deTaxis de La Pampa como entidad sindical de primer grado.

Bs. As., 17/8/2010

VISTO el Expediente N'º 84.134/09 del Registro de la Delegación Regional SANTA ROSA,

Provincia de LA PAMPA del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º23.551, sus modificatorias por Ley N'º25.674 y Ley N'º26.390 y Decretos Reglamentarios N'º467/88 y N'º514/03, y CONSIDERANDO:

Que mediante el expediente de referencia tramita la solicitud de PersonerÃa Gremial formulada por el SINDICATO DE PEONES DE TAXIS DE LA PAMPA, con domicilio en H. Irigoyen N'º261, Santa Rosa, Provincia de LA PAMPA.

Que por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N'º119 de fecha 14 de febrero de 2008 la mencionada asociación obtuvo Inscripción Gremial, la que se encuentra registrada bajo N'º2609.

Que el 24 de agosto de 2009 la entidad solicitó PersonerÃa Gremial.

Que con la documentación acompañada por la requirente se tuvo por probado el universo de trabajadores.

Que a pedido de la peticionante, se designó audiencia a celebrarse en dependencias de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, el 15 de julio de 2010.

Que en la audiencia del 15 de julio de 2010 se verificó que requirente afilia a más del veinte por ciento de los trabajadores que intenta representar.

Que se tuvieron por cumplidos los requisitos establecidos por el artÃculo 25 de la Ley 23.551.

Que conforme los registros de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, dentro del ámbito pretendido no existe ninguna entidad con personerÃa gremial que agrupe al personal pretendido.

Que obra dictamen favorable de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, aconsejando otorgar la personerÃa gremial solicitada.

Que consecuentemente, y de acuerdo a lo dispuesto por el artÃculo 25 de la Ley 23.551, corresponde acordar la personerÃa gremial a la peticionante, disponiendo su inscripción registral y la publicación en el BoletÃn Oficial.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artÃculo 23 inciso 7'º de la Ley de Ministerios N'º22.520 (texto ordenado por Decreto 438/92) y sus modificatorias y en atención a lo dispuesto por el Decreto N'º355/02.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE:

ARTICULO 1

'º — Otórgase PersonerÃa Gremial al SINDICATO DE PEONES TAXIS DE LA PAMPA, con domicilio en H. Irigoyen N'º261, Santa Rosa, Provincia de LA PAMPA, como entidad sindical de primer grado para agrupar a los trabajadores que se desempeñen bajo relación de dependencia como peones de taxis, con zona de actuación en la Ciudad de Santa Rosa de la Provincia de LA PAMPA.

ARTICULO 2

'º — Dispónese la publicación sintetizada y sin cargo del estatuto de la entidad y de la presente Resolución en el BoletÃn Oficial, en la forma indicada por la Resolución N'º12 de fecha 10 de octubre de 2001, de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales.

ARTICULO 3

'º — RegÃstrese, comunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Resolución N'º857/2010

Apruébase el texto del Estatuto Social del Centro de Comisarios Navales.

Bs. As., 17/8/2010

VISTO el Expediente N'° 1.365.726/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'° 23.551, sus modificatorias por Ley N'° 25.674 y N'° 26.390; Decretos Reglamentarios N'° 467/88 y N'° 514/03, y CONSIDERANDO:

Que el CENTRO DE COMISARIOS NAVALES, solicita la aprobación de la modificación parcial de su estatuto social.

Que la mencionada asociación sindical obtuvo PersonerÃa Gremial, la que fue otorgada mediante Resolución N'° 389 de fecha 11 de julio de 1960 del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, se halla registrada bajo el N'° 374.

Que esta Autoridad de Aplicación ha efectuado el control de legalidad al que hace referencia el artÃculo 7 del Decreto N'° 467 de fecha 14 de abril de 1988, considerando que la modificación estatutaria efectuada por dicha entidad se ha realizado conforme a las disposiciones de la Ley N'° 23.551 y Decreto Reglamentario N'° 467/88.

Que dado que las modificaciones realizadas alteran la numeración del articulado, se hace necesaria la aprobación Ãntegra del texto del Estatuto Social y la publicación respectiva en el BoletÃn Oficial; no obstante lo cual se aplicará de pleno derecho la Ley 23.551 y su Decreto Reglamentario N'° 467/88 sobre las normas estatuarias en cuanto pudieren oponerse a la misma.

Que la entidad mantendrá el ámbito de actuación personal y territorial de su PersonerÃa Gremial, conforme fuera aprobado oportunamente por esta Autoridad de Aplicación.

Que se deja constancia que la entidad peticionante ha dado cumplimiento a las pautas ordenadas por la Ley 25.674 y su Decreto Reglamentario...

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