Resolución 635/2010
Emisor | Secretaria de Trabajo |
Fecha de la disposición | 25 de Agosto de 2010 |
Miércoles 25 de agosto de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.972 58
En la Ciudad de Buenos Aires a los 17 dÃas del mes de diciembre del 2009, concurren por una parte los Señores Dr. Héctor Alberto De Inés, en su carácter de Delegado Normalizador, en representación de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA EMPRESA NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS (ENCOTESA) y DE LAS COMUNICACIONES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, domicilio en Maipú 39, de esta Ciudad, en adelante OSPEC y por la otra la ASOCIACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LAS COMUNICACIONES, en adelante (AATRAC), PersonerÃa Gremial N'º 8, con domicilio en Chacabuco 140 de esta Ciudad, representada en este acto por el Sr. Palacios Juan Antonio, en su carácter de Secretario General y el Señor Guillermo Villalón en su carácter de Secretario Adjunto, la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS DE CORREOS Y TELECOMUNICACIONES, en adelante (FOECYT), PersonerÃa Gremial N'º436, con domicilio en Esmeralda 672, Pisos 4'º y 5'º de esta Ciudad, representada en este acto por el Sr. Sans, Omar, en su carácter de Prosecretario General y José Miguel Del Giudice en su carácter de Secretario de Acción Social, Vivienda y Turismo, la FEDERACION DEL PERSONAL JERARQUICO Y PROFESIONAL DE LA SECRETARIA DE ESTADO DE COMUNICACIONES Y ENCOTESA, en adelante (FEJEPROC), PersonerÃa Gremial N'º1195, con domicilio en Ecuador 1526 de esta Ciudad, representada en este acto por el Señor Juan José Halm en su carácter de Secretario General y el Sr. Pedotti Hugo en su carácter de Acción Social y la FEDERACION OBREROS Y EMPLEADOS DE CORREO OFICIAL Y PRIVADOS, en adelante (FOECOP), PersonerÃa Gremial N'º1.539, con domicilio en Maipú 26, 5'º piso de esta Ciudad, representada en ese acto por el Sr. Ricardo Ferraro, en su carácter de Secretario General y el Sr.
Gatti, Raúl en su carácter de Secretario Acción Social y el Sr. Savoini, Francisco, en su carácter de Secretario Gremial.
Luego de un exhaustivo análisis y prolongado debate, las partes de plena conformidad:
ACUERDAN:
PRIMERO: Para todo el personal de la Obra Social en relación de dependencia comprendidos en la Convención Colectiva de Trabajo N'º 80/93 - âEâ, las partes acuerdan abonar en forma no acumulativa, una suma no remunerativa de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA ($250.-) durante los meses de diciembre del 2009 y enero y febrero del 2010 y de PESOS TRESCIENTOS ($300) a partir de marzo del 2010.
Asimismo con el pago proporcional del SAC del mes de junio del 2010, se abonará con el...
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