Resolución 626/2010
Fecha de publicación | 20 Agosto 2010 |
Fecha de disposición | 20 Agosto 2010 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 31969 |
Viernes 20 de agosto de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.969 54 como falta la ausencia total o parcial en los siguientes casos: La única falta mensual debidamente justificada, las dos únicas llegadas tardes de hasta 15 minutos por quincena. Licencia ordinaria y licencias especiales de acuerdo a la ley, accidentes de trabajo, intervenciones quirúrgicas con internación. Tampoco se computarán como faltas los permisos que se otorguen en los siguientes casos: Citaciones oficiales, el dÃa otorgado al donador de sangre, y concurrencias ineludibles por el lapso mÃnimo e imprescindible con concurrencia al trabajo.
⢠OPERADOR DE TAREAS GENERALES: $130.- por mes.
⢠MEDIO OFICIAL: $160.- por mes.
⢠OFICIAL: $180.- por mes.
PREMIO DE ASISTENCIA PERFECTA Todos los trabajadores que no hubiesen incurrido en ninguna falta ni llegada tarde, cumpliendo jornadas completas, serán acreedores del premio de asistencia perfecta que su escala determina.
No será computada como falta la ausencia total o parcial en los siguientes casos: Licencia ordinaria y licencias especiales de acuerdo a la ley, accidentes de trabajo, intervenciones quirúrgicas con internación.Tampoco se computarán como falta los premios que se otorguen en los siguientes casos:
Citaciones oficiales y el dÃa otorgado al donador de sangre.
⢠OPERARIO DE TAREAS GENERALES: $115.- por mes.
⢠MEDIO OFICIAL: $140.- por mes.
⢠OFICIAL: $160.- por mes.
AYUDA PARA VIATICOS Los trabajadores percibirán un adicional en concepto de viáticos no remunerativos por cada dÃa de concurrencia efectiva en sus tareas de $6,75.Se adjuntan a la presente estatutos y Certificados de Autoridades de las entidades, solicitando que luego de la ratificación del presente instrumento ante esa Dirección Nacional se proceda a brindar formal homologación al mismo.
Esperando pronta y favorable respuesta a lo requerido, saludan al Señor Director atte.
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N'º626/2010
Registro N'º653/2010
Bs. As., 14/5/2010
VISTO el Expediente N'º1.343.063/09 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º14.250 (t.o. 2004), la Ley N'º20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y CONSIDERANDO:
Que a fojas 15/17 del Expediente de referencia, obra el acuerdo celebrados entre el SINDICATO DE PERSONAL JERARQUICO Y PROFESIONAL DEL PETROLEO, GAS PRIVADO Y QUIMICO...
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