Resolución 21/2023
Fecha de publicación | 15 Marzo 2023 |
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE MINERÍA |
Sección | Primera Sección - Legislación y Avisos Oficiales |
Ciudad de Buenos Aires, 13/03/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-08526210- -APN-DGD#MDP, la Ley N° 24.196 de Inversiones Mineras, el Decreto N° 2.686 de fecha 28 de diciembre de 1993 y sus modificaciones, la Resolución N° 30 de fecha 27 de diciembre de 2018 de la ex SECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 24.196 de Inversiones Mineras establece un régimen especial de fomento para el desarrollo de la actividad minera en el Territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, a partir del otorgamiento de beneficios a los actores del sector.
Que conforme a los Artículos 2° de la Ley N° 24.196 y 2° del Anexo al Decreto Reglamentario N° 2.686 de fecha 28 de diciembre de 1993 y sus modificaciones, aquellas personas físicas o jurídicas que quieran acogerse al régimen deberán inscribirse en el registro correspondiente habilitado por la Autoridad de Aplicación.
Que el Artículo 24 de la citada ley designa a la SECRETARÍA DE MINERÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA como Autoridad de Aplicación del mencionado régimen.
Que la Resolución N° 30 de fecha 27 de diciembre de 2018 de la ex SECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO aprueba el procedimiento de inscripción, mantenimiento y baja del Registro de la Ley N° 24.196 de Inversiones Mineras, y la solicitud de los beneficios allí estipulados, creado en virtud del Artículo 2° de la ley referida.
Que la norma citada contribuye a la simplificación de los procedimientos para la inscripción en el registro de aquellos usuarios que quieran acceder al Régimen de Inversiones Mineras.
Que el Artículo 4° de la Resolución N° 30/18 de la ex SECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA establece que la vigencia de la misma sería desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial y por un plazo de hasta CUATRO (4) años con posibilidad de prórroga, de conformidad con lo previsto en la Resolución N° 353 de fecha 7 de agosto de 2017 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
Que el procedimiento establecido en la mencionada resolución permite mayor celeridad, transparencia y modernización en el trámite de inscripción, mantenimiento y baja del referido Registro.
Que con fecha 2 de enero de 2023 se ha vencido el plazo de la Resolución N° 30/18 de la ex SECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA y que, habiendo cumplido con su finalidad, resulta propicio prorrogar la vigencia de la misma a fin...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba