Resolución 205. RESOL-2018-205-APN-SECGT#MTR

Fecha de disposición28 Diciembre 2018
Fecha de publicación28 Diciembre 2018
SecciónResoluciones

MINISTERIO DE TRANSPORTE

SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE

Resolución 205/2018

RESOL-2018-205-APN-SECGT#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 21/12/2018

VISTO el Expediente N° EX 2017-16107790-APN-SSTA#MTR del Registro del MINISTERIO DE TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 656 de fecha 29 de abril de 1994 y sus normas modificatorias y complementarias constituyen el marco normativo del Servicio de Transporte de Pasajeros por Automotor de Carácter Urbano y Suburbano de Jurisdicción Nacional.

Que el artículo 2° de dicho decreto considera servicios de transporte por automotor de pasajeros de carácter urbano y suburbano de Jurisdicción Nacional a todos aquellos que se realicen en la Capital Federal o entre ésta y los partidos que conforman la Región Metropolitana de Buenos Aires, así como los interprovinciales de carácter urbano y suburbano en el resto del país.

Que asimismo dicha norma clasifica a estos servicios en Públicos y de Oferta Libre, estableciendo para quienes realicen ambos servicios la obligatoriedad de su inscripción en el REGISTRO NACIONAL DEL TRANSPORTE DE PASAJEROS POR AUTOMOTOR DE CARÁCTER URBANO Y SUBURBANO.

Que por su parte, el artículo 8° del citado Decreto N° 656/94, modificado por el Decreto N° 427 de fecha 14 de junio de 2017, establece que: "Los servicios de transporte automotor de pasajeros urbano y suburbano no comprendidos en los alcances del artículo 7° del presente decreto, constituyen servicios de oferta libre de transporte automotor de pasajeros en el ámbito urbano y suburbano. Estas prestaciones deberán adecuarse al régimen normativo específico que dicte la Autoridad de Aplicación".

Que la Resolución N° 91 de fecha 12 de octubre de 2017, modificada por la Resolución N° 85 de fecha 23 de mayo de 2018, ambas de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE, constituye, en tanto reglamento, el régimen normativo específico para la prestación de los Servicios de Transporte de Oferta Libre de Pasajeros de Carácter Urbano y Suburbano de Jurisdicción Nacional comprendidos en el artículo 8° del Decreto N° 656/94.

Que la Resolución N° 91/17 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE, estableció que los operadores que realicen Servicios de Oferta Libre deben encontrarse constituidos bajo alguno de los tipos societarios establecidos en la legislación vigente.

Que asimismo dicha norma dispuso mediante su artículo 24 que las personas humanas que realicen Servicios de Oferta Libre y se encuentren inscriptas en el REGISTRO NACIONAL DE TRANSPORTE DE PASAJEROS POR AUTOMOTOR URBANO Y SUBURBANO, cuentan hasta el día 20 de octubre de 2018 para presentar su solicitud de inscripción bajo algún tipo de figura societaria, conforme el régimen legal vigente, resultando dicha persona...

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