Resolucion 204

Fecha de disposición27 Marzo 2008
Fecha de publicación27 Marzo 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31372

ANEXO II y que forma parte integrante de este Acta Acuerdo. Los montos establecidos se abonarán en doce cuotas mensuales, iguales y consecutivas y según detalle del ANEXO II. Dichos importes no implican reconocimiento de diferencias de ningún tipo, dándole las partes el carácter de cancelatorio ante cualquier interpretación que pueda haber existido en relación a la aplicación de los adicionales de convenio.

En virtud de los importes resultantes de las planillas ANEXO I y ANEXO II que forman parte integrante del presente acuerdo, la empresa manifiesta que ha ofrecido una suma cancelatoria a raíz de los reclamos de la organización gremial y la comisión interna del establecimiento, la entidad sindical y la comisión interna en representación de los trabajadores, los cuales en asamblea aceptaron la propuesta empresarial, prestan conformidad al presente acuerdo, en relación a los rubros Adicional Paritarias, Bonificación, Concepto y Ajuste por Inflación y al nuevo rubro Adicional Art. 14 apartado 1

Inciso A del CCT 122/75, desistiendo de esta manera del reclamo iniciado oportunamente contra el IADT ante el Ministerio de Trabajo.

Con relación a los Técnicos de Radiología, Tomografía, Medicina Nuclear y Mamografía que realizan jornadas laborales de menos de 36 horas semanales, el IADT ofrece a los mismos la posibilidad de ampliar dicha jornada laboral a 36 horas semanales, pudiendo los Técnicos ejercer dicha opción dentro del plazo de 30 días posteriores a la homologación del presente acuerdo. Asimismo, los Técnicos que cumplen jornadas de más de 24 horas semanales y 36 horas semanales, podrán pasar a realizar una jornada de 24 horas semanales, con la pertinente reducción salarial proporcional en función de los importes detallados en la planilla adjunta como ANEXO I. El ejercicio de dichas opciones deberá contar con el previo consentimiento y consenso del IADT, privilegiándose en todo momento la adecuada y completa prestación del servicio en el que preste tareas.

Las partes ratificamos en un todo lo acordado precedentemente y solicitamos la pronta homologación.

Sin más, siendo las 16,00 horas, se levanta la audiencia firmando las partes ante mí, que certifico.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N° 197/2008

Registro N° 169/2008

Bs. As., 22/2/2008

VISTO el Expediente N° 1.179.735/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 24.013, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley N° 25.877, y CONSIDERANDO:

Que a foja 335 del Expediente N°...

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