Resolución 2029/2014

Fecha de la disposición28 de Octubre de 2014



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución 2029/2014Bs. As., 28/10/2014

VISTO el Expediente N° 1.595.609/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 vuelta y a fojas 14, respectivamente, del Expediente N° 1.595.609/13, obra el acuerdo y las escalas salariales, celebrados entre la UNION PERSONAL DE AERONAVEGACION DE ENTES PRIVADOS por la parte gremial y la empresa CROSSRACER INTERNATIONAL SOCIEDAD ANONIMA por el sector empresario, ratificado a foja 31 del mismo Expediente, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que sin perjuicio de que en el encabezado del acuerdo se identifica como empresa firmante a CROSSRACER TRANSPORT SERVICES SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo indicado en el dictamen de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo obrante a fojas 39/40, debe entenderse que la empresa celebrante es CROSSRACER INTERNATIONAL SOCIEDAD ANONIMA.

Que por medio de dicho acuerdo, las partes han convenido condiciones laborales y salariales para el personal de la empresa, alcanzado por el Convenio Colectivo de Trabajo N° 271/75, con las prescripciones y demás consideraciones a cuyo texto se remite.

Que el ámbito de aplicación personal y territorial del acuerdo de marras, queda circunscripto a los trabajadores de la empresa, que resulten comprendidos dentro del alcance de representación de la asociación sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto N° 200/88 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Decláranse homologados el acuerdo y las escalas salariales, obrantes a fojas 2/3 vuelta y fojas 14, respectivamente, del Expediente N° 1.595.609/13, celebrados entre la UNION PERSONAL DE AERONAVEGACION DE ENTES PRIVADOS y la empresa CROSSRACER INTERNATIONAL SOCIEDAD ANONIMA, conforme a lo indicado en el considerando segundo de la presente medida, ratificado a foja 31 del mismo Expediente, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2°

— Regístrese la presente Resolución ante la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento de Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 2/3 vuelta conjuntamente con las escalas salariales de fojas 14 y con el acta de ratificación de fojas 31, todos del Expediente N° 1.595.609/13.

ARTICULO 3°

— Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección...

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