Resolución 201/2019

Fecha de publicación11 Junio 2019
SecciónResoluciones
EmisorAUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
Ciudad de Buenos Aires, 06/06/2019

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804 y su Decreto Reglamentario N° 1390/98, el Régimen de Sanciones para Instalaciones Clases II y III, Prácticas No Rutinarias y Transporte de Materiales Radioactivos, aprobado por Resolución ARN N° 32/02, el Procedimiento para la Aplicación de Sanciones aprobado por la Resolución ARN N° 75/99, la Ley de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y sus reglamentaciones, el Expediente de Sanción N° 17/17 caratulado “CAEFE S.A. s/ INCUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA VIGENTE EN MATERIA DE PROTECCION RADIOLOGICA”, y

CONSIDERANDO:

Que el Representante Legal de la empresa CAEFE S.A., Ingeniero Jorge AMSLER presentó Recurso de Reconsideración contra la Resolución del Directorio de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) N° 124/19, con fecha 6 de mayo de 2019, fuera del plazo previsto en el Artículo 84 del Decreto N° 1759/72 (T.O. 2017) reglamentario de la Ley N° 19.549.

Que respecto de la procedencia formal del Recurso, la antes mencionada Resolución, fue notificada a la empresa CAEFE S.A. con fecha 12 de abril de 2019, conforme surge de las constancias de recepción del Correo Argentino agregadas al Expediente de marras. En dicha notificación se le comunicó a la citada empresa que disponía del plazo de DIEZ (10) días hábiles, a partir de la notificación, para interponer Recurso de Reconsideración conforme lo establecido en el Artículo 84 del Decreto N° 1759/72 (T.O. 2017) reglamentario de la Ley N° 19.549 y sus modificaciones, de donde el plazo citado vencía el día 30 de abril del corriente.

Que la extemporaneidad de la presentación es causal suficiente para desestimar el Recurso, sin embargo a fin de dilucidar los elementos de juicio que podrían resultar en una causal de ilegitimidad se consideró sortear el escollo formal a la admisibilidad del Recurso planteado.

Que la Resolución del Directorio de la ARN N° 124/19, en su Artículo 1° dispuso aplicar a la empresa- CAEFE S.A. - Titular de la Licencia de Operación N° 14437/9/6/01-18, una sanción de MULTA de PESOS NOVENTA Y UN MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES CON 33/100 ($91.333,33), por incumplimiento a los Criterios establecidos en la Norma AR 10.1.1 “Norma Básica de la Seguridad Radiológica”, Revisión 3; Criterios de la Norma AR 7.9.1 “Operación de Equipos de Gammagrafía Industrial”, Revisión 3; Criterios de la Norma 10.13.2 “Norma Básica de Seguridad Física de las Fuentes Selladas” y Criterio 555 de la Norma AR 10.16.1 “Transporte de Material...

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