Resolución 20/2023

Fecha de publicación19 Enero 2023
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA


Ciudad de Buenos Aires, 18/01/2023

VISTO el Expediente Nº EX-2023-06317683- -APN-DGD#MAGYP del Registro de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, los Decretos Nros. 576 de fecha 4 de septiembre de 2022, 787 de fecha 11 de noviembre de 2022 y la Resolución Nº RESOL-2023-27-APN-MEC de fecha 13 de enero de 2023 del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 576 de fecha 4 de septiembre de 2022, se creó de manera extraordinaria y transitoria el PROGRAMA DE INCREMENTO EXPORTADOR, que contempló una serie de medidas relacionadas con las exportaciones de las manufacturas de soja y con la liquidación de las divisas en el mercado de cambios, previendo que el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA dicte la reglamentación correspondiente.

Que mediante el Decreto Nº 787 de fecha 11 de noviembre de 2022 se reestableció, de manera extraordinaria y transitoria, el PROGRAMA DE INCREMENTO EXPORTADOR creado por el citado Decreto Nº 576/22.

Que por la Resolución Nº RESOL-2023-27-APN-MEC de fecha 13 de enero de 2023 del MINISTERIO DE ECONOMÍA se creó el PROGRAMA DE ASISTENCIA IMPULSO TAMBERO, en adelante el PROGRAMA, en el ámbito de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del mencionado Ministerio.

Que el Artículo 7º de la referida Resolución Nº RESOL-2023-27-APN-MEC establece que las productoras y productores interesados en recibir el beneficio deberán cumplir con el procedimiento de carga de información que establezca la Autoridad de Aplicación; solicitar expresamente el beneficio; autorizar a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, a suministrar a la Autoridad de Aplicación la información correspondiente; indicar una Clave Bancaria Uniforme (CBU) a su nombre a los efectos de posibilitar la transferencia de la compensación y constituir domicilio electrónico en una dirección de correo electrónico que será válida a todos los efectos legales, notificaciones y requerimientos de información que disponga la Autoridad de Aplicación.

Que por el Artículo 10 de la citada Resolución Nº RESOL-2023-27-APN-MEC se establece que la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA será la Autoridad de Aplicación del PROGRAMA...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR