Resolución 2 - E.

EmisorMINISTERIO DE AGROINDUSTRIA
Fecha de la disposición 2 de Febrero de 2017

Resolución 2 - E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 30/01/2017

VISTO el Expediente N° S05:0031252/2016 del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, la Ley N° 26.967, las Resoluciones Nros 392 de fecha 19 de mayo de 2005 y 203 de fecha 5 de mayo de 2006 ambas de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que Don Pierino CAMPETELLI, (C.U.I.T. N° 20-18698654-8), con Registro Nacional de Establecimiento N° 21-101925, domicilio en Zona Rural s/n, Localidad Fighiera, de la Provincia de SANTA FE, con domicilio constituido en la Avenida Riestra N° 1.751 de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, ha solicitado el derecho de uso sin exclusividad del Sello: "ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL" y su versión en idioma inglés "ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE" creado por la Ley N° 26.967 y la Resolución Nº 392 de fecha 19 de mayo de 2005 de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, para distinguir los productos dulces y almíbares para la marca: "FINCA DEL PARANÁ".

Que el peticionante ha cumplido con todos los recaudos y condiciones generales y particulares requeridas por la citada Ley N° 26.967 y la mencionada Resolución Nº 392/05 para la obtención del Sello: "ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL" y su versión en idioma inglés "ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE", como así también ha acreditado el cumplimiento del Protocolo de Calidad para Confituras y Afines, aprobado por la Resolución N° 203 de fecha 5 de mayo de 2006 de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN.

Que las confituras y productos afines que se producen en la REPÚBLICA ARGENTINA cuentan con atributos de autenticidad vinculados a su origen y cuyas prácticas de producción y envasado gozan del reconocimiento en los diferentes mercados locales.

Que debido a las directivas impartidas por el Gobierno Nacional en materia de contención del gasto público, la presente medida no implicará costo fiscal alguno.

Que la Dirección de Agroalimentos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, elaboró el informe correspondiente, entendiendo que se encuentran cumplidos los requisitos técnicos para la cesión del Sello: "ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL" y su versión en idioma inglés.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia de acuerdo a las facultades conferidas por el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios.

Por ello,

EL SECRETARIO

DE AGREGADO DE VALOR

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º

Concédese el derecho de uso sin exclusividad del Sello: "ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL" y su versión en idioma inglés "ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE", a Don Pierino CAMPETELLI (C.U.I.T. N° 20-18698654-8), Registro Nacional de Establecimiento N° 21-101925, domicilio en Zona Rural sin número Localidad de Fighiera, de la Provincia de SANTA FE, con domicilio constituido en la Avenida Riestra N° 1.751 de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, para los productos: "Dulce de Higos", Registro Nacional de Producto Alimenticio N° 21-106592; "Dulce de Zapallo", Registro Nacional de Producto Alimenticio N° 21-106593; "Dulce de Higos con Nueces", Registro Nacional de Producto Alimenticio N° 21-106591; "Dulce de Cayote", Registro Nacional de Producto Alimenticio N° 21-105971; "Dulce de Papaya", Registro Nacional de Producto Alimenticio N° 21-109586; "Dulce de Papaya con Quinotos", Registro Nacional de Producto Alimenticio N° 21-109755; "Dulce de Guayaba", Registro Nacional de Producto Alimenticio N° 21-109585; "Dulce de Caqui", Registro Nacional de Producto...

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