Resolución Nº 2.600
Emisor | Dir. Personas Juridicas |
Fecha de la disposición | 24 de Octubre de 2012 |
RESOLUCIÓN Nº 2.600
Mendoza, 24 de octubre del 2012
Visto el Expediente nº 3890/D/2012-00917, caratulado: "Direccion de Personas Jurídicas D.P.J. s/Creación Area Inspecciones y Registraciones dentro del Departamento de Registro Público de Comercio", y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 7885 dispone el traspaso de la competencia del Poder Judicial al Poder Ejecutivo, en todas aquellas facultades y funciones referidas por la ley de fondo a la constitución e inscripción de sociedades comerciales y auxiliares de comercio, para que la Dirección de Personas Jurídicas dependiente del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Mendoza se convierta en la Autoridad de Contralor, Fiscalización y Registro en materia societaria y de auxiliares de comercio en Jurisdicción Provincial.
Que a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en los arts. 2° y 7º de la citada Ley 7885, brindando una mayor celeridad y control relativo a los legajos contables y legales, y con el objeto de que el Estado tenga una activa presencia en el ámbito del derecho comercial que la normativa de fondo le atribuye; surge la necesidad de crear un área especializada en el Departamento de Registro Público de Comercio que cumpla dicha función;
Que la misma nace con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 9º de la Ley de Sociedades Comerciales, el que impone la formación de legajos o expedientes, en defensa del derecho de información de los socios y de los derechos de terceros;
Que con el objeto de otorgarle a la comunidad un documento actualizado, de fácil y rápida consulta, en funcion del bienestar del comercio y la transparencia de las relaciones mercantiles, surge la necesidad de reorganizar el Departamento del Registro Publico de Comercio y los Legajos correspondientes;
Que para lograr el seguro almacenamiento de los datos registrados, y la individualización efectiva de cada persona física o jurídica que deba inscribirse en el Registro Público de Comercio de la Provincia, se utilizará un sistema de matriculación alfa numérico;
A fs. 3 y fs. 4 han tomado debida intervención las Asesorías Legal y Contable, emitiendo dictamen al respecto;
Por ello, y en uso de las facultades que le confiere la Ley Provincial Nº 5.069, su modificatoria Ley Nº 7885 y su decreto reglamentario N° 3129/2008,
LA DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS DE LA PROVINCIA
DE MENDOZA
RESUELVE:
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