Resolución 2/2021

Fecha de publicación26 Mayo 2021
SecciónResoluciones
EmisorJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS, INSTITUCIONALES Y CON LA SOCIEDAD CIVIL


Ciudad de Buenos Aires, 28/04/2021

VISTO el Expediente EX-2021-19576528- -APN-SRPIYSC#JGM del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Resolución de Naciones Unidas 70/1 del 25 de septiembre de 2015, el Decreto Nº 7 del 11 de diciembre de 2019, el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019, el Decreto Nº 260 del 12 de marzo de 2020, y el Decreto Nº 167 del 11 de marzo de 2021; y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 7 del 11 de diciembre de 2019 determina que se encuentra dentro de las competencias de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS “Coordinar y controlar las actividades de los Ministerios y, de las distintas áreas a su cargo realizando su programación y control estratégico, a fin de obtener coherencia en el accionar de la administración e incrementar su eficacia”.

Que mediante el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, aprobando asimismo, los objetivos de la SECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS, INSTITUCIONALES Y CON LA SOCIEDAD CIVIL, entre los cuales se encuentran el de “Entender en la coordinación de las relaciones institucionales con Organismos y Autoridades en el ámbito Nacional, Provincial, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES o Municipal, así como con los distintos sectores del ámbito público y privado, en el marco de las competencias asignadas a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS” y “Asesorar al Jefe de Gabinete de Ministros en las relaciones con organizaciones y sectores representativos de la comunidad”.

Que en el Decreto citado se aprueban los objetivos de la Subsecretaría de Relaciones Institucionales entre los cuales se incluyen “Entender en la coordinación interinstitucional de los temas que requieran intervención de las distintas áreas de gobierno” y “Desarrollar e instrumentar mecanismos de coordinación interinstitucional con otros organismos del ESTADO NACIONAL, Poderes y Jurisdicciones”.

Que mediante el Decreto Nº 260 del 12 de marzo de 2020 se estableció que “el Jefe de Gabinete de Ministros coordinará con los distintos organismos del sector público nacional, la implementación de las acciones y políticas para el adecuado cumplimiento de las recomendaciones que disponga la autoridad sanitaria nacional, en el marco de la emergencia y de la situación epidemiológica”, y su posterior PRÓRROGA DE LA EMERGENCIA SANITARIA, con el Decreto Nº 167 del 11 de marzo de 2021.

Que la Resolución de las Naciones...

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