Resolución 1966/2023
Fecha de publicación | 08 Diciembre 2023 |
Emisor | INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES |
Sección | Primera Sección - Legislación y Avisos Oficiales |
Ciudad de Buenos Aires, 06/12/2023
VISTO el EX-2023-124739256- -APN-SGE#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley 17.741(t.o. 2001) y sus modificatorias, los Decretos Nº 1536 de fecha 20 de agosto de 2002, N° 178 de fecha 3 de abril de 2023, las Resoluciones INCAA N° 1 de fecha 2 de enero de 2017, N° 65 de fecha 12 de enero de 2017, N° 1697 de fecha 12 de junio de 2015, N° 1238-E de fecha 26 de septiembre de 2022, N° 599-E de fecha 9 de mayo de 2023, y;
CONSIDERANDO:
Que la actividad cinematográfica y audiovisual constituye un bien jurídico protegido en el artículo 75, inciso 19, de la Constitución Nacional, mediante el cual se tutela la identidad y pluralidad cultural, el patrimonio artístico y los espacios culturales y audiovisuales.
Que por Ley Nº 17.741 (t.o. 2001), y sus modificatorias, el INSTITUTO tiene como objetivos fundamentales el fomento, la regulación y la difusión de la actividad cinematográfica en todo el territorio nacional.
Que dentro de las atribuciones previstas en la mencionada Ley se establecen las facultades para ejecutar medidas de fomento tendientes a desarrollar la cinematografía nacional, pudiendo a tal efecto auspiciar concursos, establecer premios, adjudicar becas de estudio e investigación; la facultad para acrecentar la difusión de la cinematografía argentina, realizando y/o participando en muestras, festivales regionales, nacionales e internacionales; y emplear todo otro medio necesario para sus logros.
Que el Artículo 24° de la citada Ley establece que el Fondo de Fomento Cinematográfico podrá destinarse al otorgamiento de premios; participación y realización de festivales y ciclos; promoción de actividades que concurran a asegurar la mejor difusión, distribución exhibición de películas naciones; y el cumplimiento de toda otra actividad que deba realizar el INSTITUTO de acuerdo con las funciones y atribuciones que le asigna la ley.
Que el artículo 3° del Decreto N° 1536/2002 establece que el Presidente del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES determinará la planta de personal, su distribución y asignación de funciones y podrá asignar las dotaciones que estime correspondan a las distintas unidades del organismo, de conformidad con la estructura que establezca.
Que el artículo 8° de la Ley 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, define qué se entiende por película nacional y con respecto a películas de cortometraje, las que tengan un tiempo de proyección inferior a SESENTA (60) minutos.
Que el capítulo IX de la Ley...
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