Resolución 89/2010

Fecha de disposición13 Abril 2010
Fecha de publicación13 Abril 2010
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31881

Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, aprobado por Decreto Nº 2098/08, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel B diversas exigencias.

Que los antecedentes curriculares de la persona involucrada en la presente medida, resultan atinentes al objetivo de las funciones que le van a ser asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para su realización, por lo que procede aprobar la contratación del mismo como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02.

Que el artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 3/04, modificada por sus similares Nº 1151/06 y Nº 52/09, establece que el personal contratado percibirá una remuneración mensual equivalente al nivel o categoría del régimen escalafonario aplicable al personal de planta permanente de la jurisdicción según el tipo de funciones a desarrollar.

Que la persona involucrada en la presente medida ha dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6º del Decreto Nº 601/02, reglamentario de su similar Nº 491/02, adjuntando la documentación pertinente.

Que el agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1 de junio de 2009, por lo que procede aprobar la respectiva contratación con efectos a esa fecha.

Que previo a dar trámite a la presente contratación, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.

Que la financiación del gasto de la medida que se tramita, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.546 Servicio Administrativo Financiero Nº 342 - AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO (ACUMAR).

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, del último párrafo del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y del Decreto Nº 577/03 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Dase por aprobado con efectos al 1º de junio de 2009 y hasta el 31 de diciembre de 2009, el contrato suscripto ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Dn. Leandro JUAREZ (D.N.I. Nº 22.851.332), para desempeñar funciones de Asesor Profesional en la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO (ACUMAR) de esta Jurisdicción, equiparado al Nivel B - Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (Decreto Nº 2098/08) de acuerdo con las previsiones del artículo 9º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº 1421/02 y de la Resolución SGP Nº 48/02.

Art. 2º

Autorízase la contratación que se aprueba por el artículo 1º de la presente decisión administrativa, como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.

Art. 3º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas vigentes del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.546 - Servicio Administrativo Financiero Nº 342 - AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO (ACUMAR).

Art. 4º

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Aníbal D. Fernández. -Aníbal F. Randao.

ANEXO I CONTRATACIONES APELLIDO Y NOMBRE DOC. DE IDENTIDAD FUNCION Y RANGO DEDIC% INICIO TERMINO HONORARIO MENSUAL ZANNINI,

EMILIANO DNI 25.476.895 CT I 100 01-oct-09 31-dic-09 $ 3.500,00 Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa INDUSTRIA Resolución 89/2010

Apruébase un proyecto de inversión presentado en el marco del Decreto Nº 774/05.

Bs. As., 7/4/2010

VISTO el Expediente Nº S01:0368623/2007 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 774 de fecha 5 de julio de 2005 estableció un Régimen de Incentivo a la Competitividad de las Autopartes Locales que sean adquiridas por las empresas fabricantes de determinados productos automotores.

Que los beneficios del régimen se traducen en la posibilidad de obtener el pago de un reintegro en efectivo sobre el valor ex fábrica de las compras de autopartes locales, que sean adquiridas por las empresas fabricantes de los productos automotores indicados en el Artículo 3º del Decreto Nº 774/05, que cuenten con establecimiento industrial radicado en el Territorio Nacional al amparo del Decreto Nº 939...

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