Resolución 18. Dase por declarado el estado de emergencia y\/o desastre agropecuario en la Provincia de Santa Fe.

Fecha de disposición19 Febrero 2016
Fecha de publicación19 Febrero 2016
SecciónResoluciones

Resolución 18/2016

Dase por declarado el estado de emergencia y/o desastre agropecuario en la Provincia de Santa Fe.

Bs. As., 18/02/2016

VISTO el Expediente N° S05:0001422/2016 del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, la Ley N° 26.509 y su Decreto Reglamentario N° 1.712 del 10 de noviembre de 2009, la Resolución N° 168 del 8 de abril de 2015, el Acta de la reunión de la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS del 4 de febrero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que la Provincia de SANTA FE, mediante el Decreto Provincial N° 3.210 del 22 de septiembre de 2015, prorrogó el estado de desastre y/o emergencia agropecuaria desde el 1 de julio de 2015 hasta el 30 de abril de 2016 para todos los distritos comprendidos en los Decretos Provinciales Nros. 246 del 2 de febrero, 714 del 13 de marzo, 1.019 del 15 de abril y 1.509 del 2 de junio todos ellos de 2015.

Que a los efectos de la aplicación de la Ley N° 26.509 la Provincia de SANTA FE solicitó, a la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS, en la reunión del día 4 de febrero de 2016, que se declare el estado de emergencia y/o desastre agropecuario indicado en el primer considerando.

Que la citada Comisión luego de analizar la situación ocurrida y deliberar con relación a la presentación provincial y los informes técnicos obrantes en las actuaciones recomendó proponer la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2015 del estado de emergencia y/o desastre agropecuario en la Provincia de Santa Fe, según corresponda, para las explotaciones ganaderas de carne y/o leche, por los excesos de precipitaciones, anegamientos temporarios y desbordes de arroyos y cursos de agua, que fuera declarado en los departamentos indicados en el Artículo 1° de la Resolución N° 168 del 8 de abril de 2015, del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en función de lo previsto por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones y el Artículo 9° del Anexo del Decreto N° 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009.

Por ello,

EL MINISTRO

DE AGROINDUSTRIA

RESUELVE:

Artículo 1°

A los efectos de la aplicación de la Ley N° 26.509: Dáse por prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2015 en la Provincia de SANTA FE el estado de emergencia y/o desastre...

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