Resolución 164. RESOL-2019-164-APN-MSYDS
Fecha de disposición | 12 Marzo 2019 |
Fecha de publicación | 12 Marzo 2019 |
Sección | Resoluciones |
MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL
Resolución 164/2019
RESOL-2019-164-APN-MSYDS
Ciudad de Buenos Aires, 07/03/2019
VISTO, el EX-2019-03219943-ANSES-DGPD#ANSES, el Decreto N° 2136 de fecha 30 de diciembre de 1974, y la Resolución del Ex MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 897 de fecha 7 de septiembre de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 2136/74 se estableció un Régimen Diferencial Jubilatorio para el personal que se desempeñe habitual y directamente en actividades de exploración petrolífera o gasífera llevada a cabo en campaña y aquellos que presten tareas en boca de pozo y afectadas a la perforación, terminación, mantenimiento y reparación de pozos petrolíferos o gasíferos.
Que la referida norma dispuso que dichos trabajadores tendrán derecho a la jubilación ordinaria con CINCUENTA (50) años de edad y VEINTICINCO (25) años de servicios.
Que dicho régimen fue dictado de conformidad con lo dispuesto por el artículo 62 de la entonces vigente Ley N° 18.037 (t.o. 1974), por el cual se autorizaba al PODER EJECUTIVO NACIONAL a establecer regímenes que adecuaran los límites de edad y de años de servicio en relación con aquellas actividades que implicaran la realización de tareas penosas, riesgosas, determinantes de vejez o agotamiento prematuros.
Que los procesos de trabajo previstos en la descripción normativa de los incisos a) y b) del Decreto N° 2136/74 resultan claramente definidos, no ocurriendo lo mismo con las actividades y tareas que los mismos implican, que se encuentran enunciadas en forma genérica.
Que a fin de definir con claridad las tareas que corresponde considerar comprendidas en el régimen instituido por el Decreto Nº 2136/74, se dictó la Resolución MTEySS N° 897/15, que precisa sus alcances con las limitaciones y exclusiones que surgen del espíritu de la propia norma.
Que la enunciación de las tareas comprendidas en los incisos a) y b) del Decreto N° 2136/74 efectuada por los artículos 1° y 2° de la Resolución MTEySS N° 897/15 resultó un instrumento adecuado para facilitar la correcta aplicación del régimen.
Que, en cambio, no sucedió lo mismo respecto de las tareas de apoyo, auxiliares o complementarias, a las que hacen referencia los artículos 3° y 4° de la resolución citada.
Que habida cuenta de los avances en el ámbito de la ciencia y...
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