Resolución 164. RESOL-2019-164-APN-MSYDS

Fecha de disposición12 Marzo 2019
Fecha de publicación12 Marzo 2019
SecciónResoluciones

MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL

Resolución 164/2019

RESOL-2019-164-APN-MSYDS

Ciudad de Buenos Aires, 07/03/2019

VISTO, el EX-2019-03219943-ANSES-DGPD#ANSES, el Decreto N° 2136 de fecha 30 de diciembre de 1974, y la Resolución del Ex MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 897 de fecha 7 de septiembre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 2136/74 se estableció un Régimen Diferencial Jubilatorio para el personal que se desempeñe habitual y directamente en actividades de exploración petrolífera o gasífera llevada a cabo en campaña y aquellos que presten tareas en boca de pozo y afectadas a la perforación, terminación, mantenimiento y reparación de pozos petrolíferos o gasíferos.

Que la referida norma dispuso que dichos trabajadores tendrán derecho a la jubilación ordinaria con CINCUENTA (50) años de edad y VEINTICINCO (25) años de servicios.

Que dicho régimen fue dictado de conformidad con lo dispuesto por el artículo 62 de la entonces vigente Ley N° 18.037 (t.o. 1974), por el cual se autorizaba al PODER EJECUTIVO NACIONAL a establecer regímenes que adecuaran los límites de edad y de años de servicio en relación con aquellas actividades que implicaran la realización de tareas penosas, riesgosas, determinantes de vejez o agotamiento prematuros.

Que los procesos de trabajo previstos en la descripción normativa de los incisos a) y b) del Decreto N° 2136/74 resultan claramente definidos, no ocurriendo lo mismo con las actividades y tareas que los mismos implican, que se encuentran enunciadas en forma genérica.

Que a fin de definir con claridad las tareas que corresponde considerar comprendidas en el régimen instituido por el Decreto Nº 2136/74, se dictó la Resolución MTEySS N° 897/15, que precisa sus alcances con las limitaciones y exclusiones que surgen del espíritu de la propia norma.

Que la enunciación de las tareas comprendidas en los incisos a) y b) del Decreto N° 2136/74 efectuada por los artículos 1° y 2° de la Resolución MTEySS N° 897/15 resultó un instrumento adecuado para facilitar la correcta aplicación del régimen.

Que, en cambio, no sucedió lo mismo respecto de las tareas de apoyo, auxiliares o complementarias, a las que hacen referencia los artículos 3° y 4° de la resolución citada.

Que habida cuenta de los avances en el ámbito de la ciencia y...

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