Resolución 1612/2023

Fecha de publicación15 Agosto 2023
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 11/08/2023

VISTO el EX-2023-82682977- -APN-CSP#MDS, la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. Decreto N° 438/92) y la Ley de Salud Mental N° 26.657 y el Plan Integral para el Abordaje de los Consumos Problemáticos Ley Nacional N° 26.934, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establece la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus normas modificatorias y complementarias, compete al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo inherente a la política social orientada a la asistencia, promoción, cuidados e inclusión social y al desarrollo humano, la seguridad alimentaria, la reducción de la pobreza, el desarrollo de igualdad de oportunidades para los sectores más vulnerables, en particular para las personas con discapacidad, las niñas, niños y adolescentes, las mujeres y los adultos mayores, la protección de las familias y el fortalecimiento de las organizaciones comunitarias, así como en lo relativo al acceso a la vivienda y el hábitat dignos, y al cumplimiento de los compromisos asumidos en relación con los tratados internacionales y los convenios multinacionales, en materia de su competencia.

Que por su parte la Secretaría de Políticas Integrales sobre Drogas de la Nación Argentina tiene entre sus objetivos entender en la aplicación de políticas y estrategias para la atención integral, prevención y capacitación en materia de consumos problemáticos de drogas.

Que la Secretaría de Políticas Integrales sobre Drogas de la Nación Argentina es el organismo responsable de elaborar políticas y planificar estrategias nacionales que tengan como eje principal el cuidado de las personas, a través de la atención, la prevención y la capacitación en materia de consumo problemático de estupefacientes y sustancias psicoactivas.

Que conforme Ley Nacional N° 26.657 que regula las prácticas de salud mental y adicciones y la Ley Nacional N° 26.934 del Plan Integral para el Abordaje de los Consumos Problemáticos (Plan IACOP), el cual contempla la complejidad de la temática del consumo problemático y el impacto en la diversidad de realidades del territorio, se determina la necesidad de contemplar como política pública la construcción de abordajes intersectoriales, interdisciplinarios e intergubernamentales.

Que la Ley Nacional N° 26.657 de Salud Mental tiene por objeto asegurar el derecho a la protección de la salud mental de todas las personas...

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