Resolución 1572/2021

Fecha de publicación18 Febrero 2022
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - SECRETARÍA DE TRABAJO


Ciudad de Buenos Aires, 23/11/2021

VISTO el EX-2021-109220235- -APN-DNRYRT#MT del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 24.013, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la RESOL-2020-1213-APN-ST#MT rectificada por su similar la RESOL-2021-550-APN-ST#MT, la RESOL-2021-51-APN-ST#MT, la RESOL-2021-1392-APN-ST#MT y

CONSIDERANDO:

Que las empresas cuyos datos lucen consignados en el IF-2021-109402588-APN-DNRYRT#MT del EX-2021-109220235- -APN-DNRYRT#MT han solicitado la adhesión al acuerdo marco oportunamente celebrado entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por el sector sindical y la CÁMARA DE EXPENDEDORES DE COMBUSTIBLES DE MAR DEL PLATA Y ZONA, por el sector empleador.

Que dichas empresas han acompañado el listado de personal afectado, el cual se encuentra individualizado conforme el detalle del cuadro obrante en el IF-2021-109402588-APN-DNRYRT#MT del EX-2021-109220235- -APN-DNRYRT#MT.

Que el referido acuerdo marco obra agregado en el IF-2020-30013170-APN-ATMP#MPYT del EX-2020-30012094- -APN-ATMP#MPYT, fue homologado por RESOL-2020-1213-APN-ST#MT, rectificada por su similar la RESOL-2021-550-APNST#MT, y registrado bajo el Nº 1524/20.

Que la prórroga del acuerdo marco obra agregada en el IF-2020-49897598-APN-ATMP#MPYT del EX-2020-49895224- -APN-ATMP#MPYT, siendo homologada por la RESOL-2021-51-APN-ST#MT, y quedando registrado el acuerdo bajo el Nº 136/21.

Que la segunda prórroga del acuerdo marco obra agregada en el IF-2020-40436483-APN-ATMP#MPYT del EX-2020-40434809- -APN-ATMP#MPYT, siendo homologada por la RESOL-2021-1392-APN-ST#MT, y quedando registrado el acuerdo bajo el Nº 1614/21.

Que la entidad sindical ha prestado su conformidad a los términos de las adhesiones de autos conforme surge de RE-2021-112020540-APN-DGD#MT del EX-2021-112020576- -APN-DGD#MT y obra agregado en el orden 6 del EX-2021-109220235- -APN-DNRYRT#MT

Que la petición de autos se ajusta a los términos del acuerdo marco aludido, previendo suspensiones para el personal y el pago de una prestación no remunerativa en los términos del Artículo 223 bis de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, de igual monto, plazo y condiciones que éste.

Que corresponde dejar expresamente aclarado, que serán de aplicación las condiciones más favorables para los trabajadores afectados, en aquellos casos en los que las empleadoras hayan previsto condiciones más beneficiosas.

Que a...

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