Resolución 153/2022

Fecha de publicación05 Abril 2022
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE SECRETARÍA DE CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL


Ciudad de Buenos Aires, 31/03/2022

VISTA la Resolución Nº 501 del 27 de octubre del 2021 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (T.O. Decreto N° 438 del 20 de marzo de 1992), sus modificatorias y complementarias, la Ley de Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre Nº 22.344 y su Decreto Reglamentario Nº 522/1997, la Ley de Conservación de la Fauna Silvestre N° 22.421, y su Decreto Reglamentario N° 666/1997, las Resoluciones Nº 170 de fecha 4 de junio de 2021 y Nº 183 de fecha 17 de junio de 2021, ambas del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, el Expediente EX-2022-03154658- -APN-DGAYF#MAD, y los Expedientes Nº EX-2021-120145065- -APN-DGDYD#JGM, Nº EX-2022-07155201- -APN-DGDYD#JGM y Nº EX-2021-125546996-APN-DGDYD#JGM; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Conservación de Fauna Silvestre N° 22.421 establece que todos los habitantes del territorio nacional tienen el deber de proteger la fauna silvestre, conforme a los reglamentos que para su conservación y manejo que dicten las autoridades de aplicación; como así también declara de interés público la fauna silvestre que temporal o permanentemente habita el Territorio de la República, así como su protección, conservación, propagación, repoblación y aprovechamiento racional.

Que mediante Resolución MAyDS Nº 183/21 del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE se creó la Red Federal de Centros de Rescate y Rehabilitación (RFCRR), la cual estará conformada por las distintas autoridades de aplicación nacional, provinciales, municipales, los Centros de Rescate y Rehabilitación de Fauna Silvestre inscriptos ante el REGISTRO PÚBLICO ÚNICO DE OPERADORES de FAUNA SILVESTRE, y todas aquellas entidades y personas que puedan aportar al adecuado manejo de la fauna silvestre decomisada o rescatada en el territorio de la República Argentina, y cuyo objetivo principal será promover la cooperación intra e interregional entre sus integrantes.

Que posteriormente mediante Resolución MAyDS Nº 501/21 del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, se aprobó la Solicitud de Adhesión que, a efectos de conformar la RED FEDERAL DE CENTROS DE RESCATE Y REHABILITACIÓN (RFCRR) que (i) todo operador de fauna silvestre que se encuentre inscripto en el Registro Nacional de Operadores de Fauna Silvestre -o el que en el futuro lo reemplace-, y (ii) toda autoridad y/o entidad que pueda aportar al adecuado manejo de la fauna silvestre...

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