Resolución 131/2020

Fecha de publicación22 Junio 2020
SecciónResoluciones
EmisorINSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE


Ciudad de Buenos Aires, 19/06/2020

VISTO el Expediente EX -2020-39258384- APN-DAJ#INCUCAI, la Ley Nº 27.447 de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células, los Decretos Nros. 297/20, 325/20, 355/20, 408/20, 459/20, 493/20 y 520/20, y la Resolución INCUCAI Nº 056/2014; y

CONSIDERANDO

Que el INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI) aprobó mediante Resolución Nº 056/2014 el PROGRAMA DE DISTRIBUCIÓN DE RIÑONES PROVENIENTES DE DONANTES CADAVÉRICOS MAYORES DE SESENTA (60) AÑOS.

Que dicho PROGRAMA fue implementado con la finalidad de generar una alternativa para aumentar el número de órganos para trasplante, teniendo en cuenta la creciente expectativa de vida de la población general, y por ende de contar con mayor frecuencia con donantes cadavéricos añosos que permitan incrementar las posibilidades de trasplante de las personas mayores de sesenta (60) años.

Que entre los objetivos del PROGRAMA se encuentra, el de acortar los tiempos de isquemia del proceso donación – trasplante con los beneficios que ello implica en los resultados del implante.

Que conforme los lineamientos establecidos, los pacientes que -previa suscripción del consentimiento informado -deciden ingresar al PROGRAMA, dejan de formar parte de la lista de espera general para ingresar a una especial, sin perder su antigüedad en la misma.

Que con motivo de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) con relación al COVID-19, mediante el Decreto N° 297/20 el PODER EJECUTIVO NACIONAL dispuso el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” durante el plazo comprendido entre el 20 y el 31 de marzo del corriente año; plazo que por razones fundadas en el cuidado de la salud pública fue sucesivamente prorrogado mediante los Decretos Nros. 325/20, 355/20, 408/20, 459/20, 493/20 y 520/20.

Que el INCUCAI en virtud de las funciones que le son encomendadas por la Ley Nº 27.447, es la autoridad nacional encargada de promover la calidad, seguridad y trazabilidad de los procesos de donación y trasplante de órganos, tejidos y células en el ámbito nacional, y de coordinar la logística y operatividad necesaria para garantizar el adecuado funcionamiento del sistema.

Que en ese marco, este Organismo Nacional ha dispuesto una serie de medidas para disminuir los riesgos de contagio de los personas en lista de espera, trasplantadas y de los profesionales de la salud, como así también para promover la continuidad de la actividad de procuración y trasplante asegurando el...

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