Resolucion 126

Fecha de disposición09 Agosto 2007
Fecha de publicación09 Agosto 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31214

ANEXO IV VALORES GRATIFICACION EXTRAORDINARIA (ART. 6º LEY 24.241) Gratificación Categoría Extraordinaria Administrativo 1ra. $ 1.744,00

Administrativo 2da. $ 1.744,00

Ayudante mecánica $ 1.832,00

Capataz cuadrilla firme $ 2.580,00

Capataz cuadrilla volante $ 2.740,00

Chofer $ 1.744,00

Encargado mecánica $ 3.300,00

Guardabarrera $ 1.728,00

Medio oficial mecánica $ 2.128,00

Oficial cuadrilla firme $ 2.380,00

Oficial 'C' $ 2.328,00

Oficial 'D' $ 3.000,00

Oficial 'E' $ 3.260,00

Operador equipos $ 2.380,00

Operario cuadrilla $ 2.220,00

Peón general $ 2.028,00

Peón cambista $ 1.728,00

Ayudante maestranza $ 1.728,00

Medio oficial maestranza $ 2.000,00

Oficial maestranza $ 2.200,00

Categoría Cuota - Junio 07 Cuota - Julio 07 Cuota - Agoto 07 Cuota - Sept. 07

Administrativo 1ra. $ 844,00 $ 300,00 $ 300,00 $ 300,00

Administrativo 2da. $ 844,00 $ 300,00 $ 300,00 $ 300,00

Ayudante mecánica $ 732,00 $ 366,67 $ 366,67 $ 366,67

Capataz cuadrilla firme $ 1.080,00 $ 500,00 $ 500,00 $ 500,00

Capataz cuadrilla volante $ 1.540,00 $ 400,00 $ 400,00 $ 400,00

Chofer $ 844,00 $ 300,00 $ 300,00 $ 300,00

Encargado mecánica $ 1.600,00 $ 566,67 $ 566,67 $ 566,67

Guardabarrera $ 828,00 $ 300,00 $ 300,00 $ 300,00

Medio oficial mecánica $ 1.028,00 $ 366,67 $ 366,67 $ 366,67

Oficial cuadrilla firme $ 1.080,00 $ 433,33 $ 433,33 $ 433,33

Oficial 'C' $ 1.028,00 $ 433,33 $ 433,33 $ 433,33

Oficial 'D' $ 1.500,00 $ 500,00 $ 500,00 $ 500,00

Oficial 'E' $ 1.560,00 $ 566,67 $ 566,67 $ 566,67

Operador equipos $ 1.080,00 $ 433,33 $ 433,33 $ 433,33

Operario cuadrilla $ 920,00 $ 433,33 $ 433,33 $ 433,33

Peón general $ 828,00 $ 400,00 $ 400,00 $ 400,00

Peón cambista $ 828,00 $ 300,00 $ 300,00 $ 300,00

Ayudante maestranza $ 828,00 $ 300,00 $ 300,00 $ 300,00

Medio oficial maestranza $ 1.100,00 $ 300,00 $ 300,00 $ 300,00

Oficial maestranza $ 1.100,00 $ 366,67 $ 366,67 $ 366,67 e. 9/8 Nº 552.734 v. 9/8/2007 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES Resolución Nº 126/2007

Registro Nº 811/07

Bs. As., 16/7/2007

VISTO el Expediente Nº 1.184.812/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.184.812/06, obra el Acta Nº 40 celebrada por la COMISION PARITARIA PERMANENTE prevista en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 54/92 'E' y a fojas 121/122 lucen Actas complementarias suscriptas por la UNION PERSONAL CIVIL DE LA NACION y la LOTERIA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes pactaron ampliar los alcances del Acta Nº 33/05 de la Comisión Paritaria Permanente de fecha 14 de enero de 2005, conforme surge de los términos y contenido del texto.

Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la empresa signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes han acreditado la representación invocada con la documentación agregada a los actuados y ratificaron en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE RELACIONES DEL TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1º

Declárese homologado el Acta Nº 40 obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.184.812/06 y las Actas complementarias que lucen a fojas 121/122 de autos, celebradas por la COMISION PARITARIA PERMANENTE prevista en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 54/92 'E' suscripto por la UNION PERSONAL CIVIL DE LA NACION y la LOTERIA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o.

2004).

ARTICULO 2º

Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre elAcuerdo, obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.184.812/06 y Actas complementarias que lucen a fojas 121/122 de autos.

ARTICULO 3º

Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º

Gírense al Departamento Control de Gestión de la Dirección Nacional de Relaciones del...

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