Resolución 124/2015

Fecha de disposición07 Abril 2015
Fecha de publicación13 Abril 2015
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33106



MINISTERIO DE SALUD

Resolución 124/2015Bs. As., 7/4/2015

VISTO el Expediente Nº 1-2002-1656/15-7 del registro del MINISTERIO DE SALUD, la Ley Nº 24.481 (TO 260/96) de patentes de invención y modelos de utilidad y sus modificatorias, la Ley Nº 22.363 de marcas y designaciones, el Decreto Nº 34 del 12 de enero del corriente año, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Ley Nº 24.481 sus normas modificatorias y complementarias se aprobaron los regímenes de patentes de invención y modelos de utilidad de la República Argentina.

Que en dicha norma se establecen los requisitos que deben tener las solicitudes de patentes, marcas, indicaciones geográficas y modelos de utilidad.

Que la Ley Nº 22.363 establece que pueden registrarse como marcas para distinguir productos y servicios: una o más palabras con o sin contenido conceptual; los dibujos; los emblemas; los monogramas; los grabados; los estampados; los sellos; las imágenes; las bandas; las combinaciones de colores aplicadas en un lugar determinado de los productos o de los envases; los envoltorios; los envases; las combinaciones de letras y de números; las letras y números por su dibujo especial; las frases publicitarias; los relieves con capacidad distintiva y todo otro signo con tal capacidad.

Que asimismo establece que quien desee obtener el registro de una marca, debe presentar una solicitud por cada clase en que se solicite, que incluya su nombre, su domicilio real y un domicilio especial constituido en la Capital Federal, la descripción de la marca y la indicación de los productos o servicios que va a distinguir.

Que a raíz de las distintas políticas adoptadas por el Estado Nacional, durante la última década, se ha mejorado progresivamente la situación sanitaria en términos generales y como consecuencia de ello se ha mejorado sustancialmente las intervenciones en salud pública.

Que sin embargo existen problemas de salud complejos que requieren de infraestructura específica y equipamiento especial para su resolución y de un modelo de gestión basado en criterios de racionalidad y eficiencia que posibiliten una rápida respuesta a las demandas de la sociedad, dando lugar a estructuras dinámicas, coordinadas y adaptables a los cambios.

Que mediante la Ley Nº 17.102 sus modificatorias y complementarias se establece que con la intervención de este Ministerio, podrá crearse una nueva entidad, cuya constitución, funcionamiento, y manejo puede...

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