Resolución 12/2015

Fecha de la disposición29 de Enero de 2015



MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 12/2015Bs. As., 29/1/2015

VISTO el Expediente N° 000091/2015 del Registro de este MINISTERIO DE SEGURIDAD, las leyes N° 22.520, N° 24.417 y N° 26.485, los Decretos N° 1993 del 14 de diciembre de 2010, N° 1742 del 20 de septiembre de 2012 y N° 1177 del 22 de agosto de 2013 y las Resoluciones MS N° 935 del 20 de septiembre de 2011, N° 562 del 21 de julio de 2011, N° 165 del 20 de marzo de 2012 y N° 1504 del 26 de diciembre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que la norma contenida en el artículo 22 bis de la Ley de Ministerios faculta al MINISTERIO DE SEGURIDAD a asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo concerniente a la seguridad interior, a la preservación de la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías en un marco de plena vigencia de las instituciones del sistema democrático, y en particular.

Que, en lo particular, lo faculta a entender en la prevención del delito; en la elaboración y ejecución de planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a intervenir en la distribución de los recursos humanos, materiales y financieros asignados para el logro de los objetivos.

Que uno de los trascendentes deberes de las fuerzas policiales y de seguridad es desempeñarse como auxiliares de la Justicia.

Que a este respecto, el Estado se comprometió internacionalmente a garantizar, por conducto de los tribunales nacionales competentes y de otras instituciones públicas, la protección efectiva de las mujeres contra todo acto de discriminación, siendo el Estado responsable de actos privados si no adopta medidas con la diligencia debida para impedir la violación de sus derechos (Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, art. 2).

Que las mujeres en situación de violencia de género frecuentemente no obtienen un acceso a recursos judiciales idóneos y efectivos al denunciar los hechos sufridos, permaneciendo la gran mayoría de estos incidentes en impunidad, y por consiguiente quedando sus derechos desprotegidos.

Que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha identificado los principales problemas que obstaculizan el acceso de las mujeres a la justicia, siendo uno de ellos, la falta de efectividad de los mecanismos de protección.

Que asimismo la ley N° 26.485 establece en su artículo 26, inciso a) la potestad de el/la juez/a interviniente de ordenar una o más medidas preventivas.

Que siendo que el sistema de administración de justicia constituye la última frontera donde las/os ciudadanas/os perciben si sus derechos son efectivamente respetados y garantizados; surge la necesidad de establecer mecanismos de protección eficaces.

Que atento esta perspectiva el MINISTERIO DE SEGURIDAD asumió un rol de política activa en materia de violencia de género, y ello obedeció principalmente a los fuertes índices suministrados por la Oficina de Violencia Doméstica, dependiente de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION.

Que el Decreto N° 1742/2012 crea la COORDINACIÓN DE GESTIÓN DE REQUERIMIENTOS JUDICIALES, estableciéndose un sistema para la implantación de consignas, custodias y traslados dispuestos judicialmente.

Que la Resolución MS N° 562/11 y su modificatoria, Resolución MS N° 165/2012, establecen que todas las solicitudes de custodias, consignas y traslados deberán ser dirigidas al MINISTERIO DE SEGURIDAD y canalizadas a través de la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN CON LOS PODERES JUDICIALES, MINISTERIOS PÚBLICOS Y LEGISLATURAS, indicando el detalle del plazo de duración y motivación.

Que mediante Resolución MS N° 935/2011 se creó el Departamento de Consignas Urbanas, con personal especialmente capacitado, dependiente de la Superintendencia de Seguridad Metropolitana de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, con el objeto de optimizar la...

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