Resolución 1191.

Fecha de disposición21 Junio 2018
Fecha de publicación21 Junio 2018
SecciónResoluciones

MINISTERIO DE SALUD

Resolución 1191/2018

Ciudad de Buenos Aires, 18/06/2018

VISTO el Expediente EX-2018-17971365- -APN-DD#MS, del registro del MINISTERIO DE SALUD; el Decreto N° 939 de fecha 19 de octubre de 2000; y las Resoluciones Nros. 1230 del 28 de octubre 2008, 226 del 6 de marzo de 2009, 2207 de fecha 14 de diciembre de 2010, 254 de fecha 1 de marzo de 2011, 1080 de fecha 19 de julio de 2011 y 1630 de fecha 16 de octubre de 2013, y 60 de fecha 29 de Enero de 2015 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante las Resoluciones N° 1230/08, 226/09 y 760/09 del MINISTERIO DE SALUD se puso en vigencia y se actualizó el Nomenclador de Prestaciones de Salud mediante el cual se establecieron los aranceles modulares para los Hospitales Públicos de Gestión Descentralizada.

Que por la citada Resolución N° 1230/08 se creó, en el ámbito de la entonces SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS, un COMITÉ DEL REGIMEN DE HOSPITALES PUBLICOS DE GESTION DESCENTRALIZADA, con la finalidad de mantener continua y permanentemente actualizados los valores del Nomenclador de Prestaciones de Salud del Hospital Público de Gestión Descentralizada.

Que en fecha 1 de marzo de 2011 se llevó a cabo una actualización de los valores en el Nomenclador, los que quedaron establecidos de acuerdo a lo que indica la Resolución Ministerial N° 254/2011.

Que la Resolución antes mencionada fue ampliada a través de la incorporación del Anexo II que se estableció mediante Resolución Ministerial N° 1080 de fecha 19 de julio de 2011.

Que por Resolución N° 1630 de fecha 16 de octubre de 2013 se actualizaron los valores del Nomenclador.

Que por Resolución Nº 60 de fecha 29 de enero de 2015 se actualizaron nuevamente los valores del Nomenclador.

Que en fecha 11 de Abril de 2018 se realizó una reunión de los representantes del Comité del Régimen de Hospitales Públicos de Gestión Descentralizada, a fin de evaluar la posibilidad de modificar los valores establecidos anteriormente, llegando a la conclusión de resultar oportuno llevar a cabo un proceso progresivo de reajuste de los valores correspondientes a las prestaciones brindadas habida cuenta el tiempo transcurrido, justificándose los motivos y los valores referenciales, para su adecuación a los que ya se encuentran establecidos y vigentes en el ámbito sanitario.

Que, por lo tanto, a los fines de aprobar los nuevos montos, corresponde se deje sin efecto los valores establecidos por la...

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