Resolución 116-E.

Fecha de disposición09 Junio 2017
Fecha de publicación09 Junio 2017
SecciónResoluciones

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS

Resolución 116-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 02/06/2017

VISTO el artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional, la Ley Nº 23.302, su Decreto Reglamentario Nº 155/89, la Resolución de la ex SDS Nº 4811/96, la Resolución Nº 96/13 y el expediente E\u2013INAI-50245-2014 del registro del INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto, la Comunidad Indígena Tonokoté Atoj Wasin, perteneciente al Pueblo Tonokoté, asentada en el paraje Cardón Esquina Sur, departamento Figueroa, provincia de Santiago del Estero, solicita la inscripción de su personería jurídica en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas que funciona en la órbita de este Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, de acuerdo al artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional.

Que la Comunidad ha cumplimentado los requisitos del Anexo 1 de la Resolución de la ex SDS N° 4811/96: nota de solicitud de su personería jurídica, nombre y ubicación geográfica, reseña que acredita su origen étnico-cultural e histórico, descripción de sus pautas de organización y mecanismos de designación y remoción de autoridades, nómina de integrantes y mecanismos de integración y exclusión de sus miembros.

Que en virtud de la Ley Nº 23.302, su Decreto Reglamentario Nº 155/89, y la Resolución de la ex SDS Nº 4811/96, corresponde la inscripción de la Comunidad Indígena Tonokoté Atoj Wasin en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos ha realizado el control de legalidad del presente acto administrativo.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la presente en virtud de lo dispuesto en la Ley Nº 23.302 y su Decreto Reglamentario Nº 155/89.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Inscríbase, en los términos y alcances establecidos en la Constitución Nacional de la República Argentina, la personería jurídica de la Comunidad Indígena Tonokoté...

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