Resolución 110/2019

Fecha de publicación25 Junio 2019
SecciónResoluciones
EmisorAGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS
Ciudad de Buenos Aires, 21/06/2019

VISTO las Leyes Nros. 20.429, Nº 27.192, los Decretos Nros. 395 del 20 de febrero de 1975, las Resolución ANMAC N° 106 del 7 de noviembre de 2018 y N° 52 del 20 de marzo de 2019, sus normas complementarias y modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución ANMaC N° 106/18 se dio inicio a una “Campaña de Regularización” de usuarios y materiales controlados cuya tenencia fuere detentada a título particular, dirigida a miembros de las Fuerzas de Seguridad y Policiales Nacionales, de las Policías jurisdiccionales, de los Servicios Penitenciarios federales y provinciales y Fuerzas Armadas cuya situación de revista fuere “en actividad”, operando su vencimiento en fecha 31 de marzo del corriente.

Que mediante la Resolución ANMaC N°52/18 se produjo una prórroga de la vigencia de la Resolución ANMaC N°106/18.

Que del relevamiento efectuado sobre renovaciones de la condición como Legítimos Usuarios a título particular, del personal alcanzado en la norma por la que se propicia su prórroga, surge un incremento de las presentaciones de regularización, comparando el mismo período del año 2018 previo a la vigencia de las Resoluciones. ANMaC N° 106/18 y N° 52/18.

Que no obstante lo anterior, se encuentran aún pendientes de regularización una significativa cantidad de usuarios pertenecientes a las Fuerzas Armadas, de Seguridad, Policiales y Penitenciarias (nacionales y provinciales) “en actividad” que poseen su condición de Legítimo Usuario vencida y cuentan con material controlado de su registro a título particular.

Que en la especie, deben ponderarse no solo las atribuciones que dimanan de la Ley N° 27.192, creadora de la Agencia Nacional de Materiales Controlados, que en su art. 5, inc. 8 establece como funciones del Organismo “… realizar campañas de regularización de la situación registral de las personas que tengan bajo su poder armas de fuego, de los materiales controlados y de las actividades relacionadas…” sino que las mismas resultan concurrentes y de indubitable interés del Estado Nacional en orden a la formulación de acciones que coadyuven a la Seguridad Común -como bien jurídico tutelado por su especial posición de garante-, y orientada a la disminución y eliminación del circulante de armas de fuego en situación irregular.

Que la valoración de los antecedentes que sirven de causa a la presente, motivan a adoptar una prórroga a la vigencia de la precitada “Campaña” tendiente a desarrollar distintas acciones destinadas a la...

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