Resolución 11-E.

Fecha de disposición09 Enero 2018
Fecha de publicación09 Enero 2018
SecciónResoluciones

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

Resolución 11-E/2018

Ciudad de Buenos Aires, 05/01/2018

VISTO el Expediente N° S05:0000492/2017 del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, la Ley Nº 27.233, las Resoluciones Nros. 168 del 5 de mayo de 2016 del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, 134 del 22 de marzo de 1994 del ex-INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL, 61 del 24 de mayo de 2001, 729 del 7 de octubre de 2010 y 472 del 24 de octubre de 2014, todas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, la Disposición N° 4 del 7 de febrero de 2014 de la Dirección Nacional de Protección Vegetal del referido Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:

Que en el Artículo 1° de la Ley Nº 27.233 se declara de interés nacional la sanidad de los animales y los vegetales, así como la prevención, el control y la erradicación de las enfermedades y de las plagas que afecten la producción silvoagropecuaria nacional, en tanto que en su Artículo 2° se declaran de orden público las normas nacionales por las cuales se instrumenta o reglamenta el desarrollo de las acciones destinadas a preservar la sanidad animal y la protección de las especies de origen vegetal, siendo el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA la autoridad de aplicación y el encargado de planificar, ejecutar y controlar el desarrollo de las acciones previstas en la referida Ley.

Que el Artículo 3º de la mentada ley establece la responsabilidad de los actores de la cadena agroalimentaria en velar por la sanidad, inocuidad, higiene y calidad de la producción de acuerdo a la normativa vigente.

Que el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA está facultado para establecer las exigencias fitosanitarias para el ingreso y egreso de productos hospedantes de plagas cuarentenarias hacia las áreas protegidas de las mismas.

Que es de vital importancia el control fitosanitario de Mosca de los Frutos, Lobesia botrana, Brevipalpus chilensis, y aquellas posibles nuevas plagas cuarentenarias, a los fines de lograr una producción frutihortícola que satisfaga las exigencias fitosanitarias de las Áreas Libres de las mencionadas plagas.

Que el Programa Nacional de Control y Erradicación de Mosca de los Frutos (PROCEM), aprobado por la Resolución N° 134 del 22 de marzo de 1994 del ex-INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL, establece las condiciones que debe cumplir la producción frutihortícola para ingresar a las Áreas Libres de Mosca de los Frutos.

Que por la Resolución N° 61 del 24 de mayo de 2001 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, se crea el Sistema Único de Fiscalización Permanente.

Que el Programa Nacional de Prevención y Erradicación de Lobesia botrana, aprobado por la Resolución N° 729 del 7 de octubre de 2010 del mentado Servicio Nacional, faculta a la Dirección Nacional de Protección Vegetal a realizar todas las acciones sanitarias que ayuden al control de la plaga.

Que mediante la Resolución N° 472 del 24 de octubre de 2014 del referido Servicio Nacional, se establecen los tratamientos...

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