Resolución 1067/2020
Fecha de publicación | 10 Septiembre 2020 |
Sección | Convenciones Colectivas de Trabajo |
Emisor | MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - SECRETARÍA DE TRABAJO |
Ciudad de Buenos Aires, 31/08/2020
VISTO el EX-2020-28201331- -APN-DGDYD#JGM del Registro de JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Leyes Nros 20.744 (t.o.1976) y sus modificaciones, 24.013, 14.250 (t.o.2004) y sus modificaciones, 27.541, Los Decretos Nº 260 del 12 de marzo de 2020, 297 del 17 de marzo de 2020, 329 del 31 de marzo de 2020, prorrogado por el Decreto Nº 487/20, la Decisión Administrativa Nº 429 del 20 de marzo de 2020, y la Resolución Nº 279 del 30 de marzo de 2020 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y,
CONSIDERANDO:
Que la UNIÓN DE TRABAJADORES DEL TURISMO, HOTELEROS Y GASTRONÓMICOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (UTHGRA) y la CÁMARA ARGENTINA DE EMPRESAS DE CATERING, SERVICIOS DE ALIMENTACIÓN, COMEDORES PRIVADOS Y AFINES celebran un acuerdo directo, el cual obra en el RE-2020-28201115-APN-DGDYD#JGM de estos actuados.
Que asimismo, en el RE-2020-32041825-APN-DTD#JGM de autos, las citadas partes acompañan un acta complementaria.
Que dichos textos convencionales han sido ratificados en el acuerdo que obra como archivo embebido en el IF-2020-35536511-APN-DTD#JGM.
Que asimismo, la UNIÓN DE TRABAJADORES DEL TURISMO, HOTELEROS Y GASTRONÓMICOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (UTHGRA) y la CÁMARA ARGENTINA DE CONCESIONARIOS DE SERVICIOS DE COMEDORES Y REFRIGERIOS celebran un acuerdo directo, el cual obra en el RE-2020-28200797-APN-DGDYD#JGM.
Que a su vez, en el RE-2020-32120803-APN-DTD#JGM de autos, las citadas partes acompañan un acta complementaria.
Que dichos textos convencionales han sido ratificados en el acuerdo que obra como archivo embebido en el IF-2020-35536630-APN-DTD#JGM de autos.
Que asimismo, como archivo embebido obrante en el IF-2020-35536511-APN-DTD#JGM, la UNIÓN DE TRABAJADORES DEL TURISMO, HOTELEROS Y GASTRONÓMICOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (UTHGRA) y la CÁMARA ARGENTINA DE EMPRESAS DE CATERING, SERVICIOS DE ALIMENTACIÓN, COMEDORES PRIVADOS Y AFINES, suscriben acuerdo directo de prórroga de las suspensiones dispuestas, ratificados en el RE-2020-44563602-APN-DGDMT#MPYT y en el RE-2020-44842959-APN-DGDMT#MPYT de autos.
Que a su vez, como archivo embebido obrante en el IF-2020-35536630-APN-DTD#JGM de autos, la UNIÓN DE TRABAJADORES DEL TURISMO, HOTELEROS Y GASTRONÓMICOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (UTHGRA) y la CÁMARA ARGENTINA DE CONCESIONARIOS DE SERVICIOS DE COMEDORES Y REFRIGERIOS, suscriben acuerdo directo de prórroga de las suspensiones dispuestas, ratificados en el RE-2020-44563602-APN-DGDMT#MPYT y en el RE-2020-45530395-APN-DTD#JGM de autos.
Que en los referidos acuerdos las partes convienen suspensiones de personal previendo el pago de una prestación no remunerativa, durante la vigencia de las mismas, en los...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba