Resolución 105/2020

Fecha de publicación12 Junio 2020
SecciónResoluciones
EmisorREGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES


Ciudad de Buenos Aires, 10/06/2020

VISTO:

La Ley Nº 25.191 y su Decreto Reglamentario Nº 453/01 de fecha 24 de Abril de 2001, el Estatuto Constitutivo del RENATRE, la Resolución RENATRE N° 01/20 (B.O.13/01/2020), el DNU N° 260/20 de fecha 12 de Marzo de 2020, la Resolución RENATRE Nº 86/20 de fecha 16 de Marzo de 2020, el DNU Nº 297/20 de fecha 19 de Marzo de 2020, la Resolución MTEySS N° 279/20 de fecha 30 de Marzo de 2020, la Resolución RENATRE Nº 87/20 de fecha 25 de Marzo de 2020, el DNU N° 325 de fecha 31 de Marzo de 2020, la Resolución RENATRE N° 88/20 de fecha 01 de Abril de 2020, el DNU N° 355/20 de fecha 11 de Abril de 2020, la Resolución RENATRE N° 90/20 de fecha 13 de Abril de 2020, el DNU N° 408/20 de fecha 26 de Abril de 2020, la Resolución RENATRE Nº 91/20 de fecha 28 de abril de 2020, el DNU N° 459 de fecha 10 de mayo del 2020, la Resolución RENATRE Nº 94/20 de fecha 11 de mayo de 2020, la Resolución RENATRE Nº 95/20 de fecha 20 de Mayo de 2020, el DNU N° 493/20 de fecha 24 de mayo del 2020, la Resolución RENATRE N° 97/20 de fecha 27 de mayo de 2020, el Acta Nº 72/20 de fecha 15 de Abril de 2020, el Acta N° 73/2020 de fecha 30 de abril de 2020, el Acta N° 74/20 de fecha 21 de mayo del 2020, el Acta N° 75/20 de fecha 28 de mayo del 2020, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 25.191 dispuso la creación del REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES —RENATRE— como ente autárquico de derecho público no estatal, integrado por miembros de organizaciones del sector rural y cuya dirección está a cargo de representantes de las entidades empresarias de la actividad y la asociación de trabajadores rurales con personería gremial con mayor representación nacional.

Que mediante Resolución RENATRE N° 01/2020 se designó al Sr. Orlando Luis Marino (DNI N° 14.174.720) como Presidente del REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE).

Que los miembros referidos precedentemente conforman el Directorio del Registro, ejerciendo su dirección y administración conforme las atribuciones previstas en el Art. 12 de la ley 25.191, lo dispuesto en el Decreto N°453/2001 y Resolución RENATRE N° 0488/2010 –Estatuto Constitutivo- TEXTO ORDENADO.

Que el Cuerpo Directivo del Registro, debe reunirse en sesiones ordinarias, como mínimo una vez al mes, efectuándose las convocatorias a tal fin con antelación suficiente para permitir que los directores se encuentren debidamente notificados (Art.15, inc. a y c Decreto 453/2001).

Que con fecha 11 de marzo de 2020...

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