Resolución 1026.

Fecha de disposición06 Octubre 2015
Fecha de publicación06 Octubre 2015
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 1026/2015

Bs. As., 30/09/2015

VISTO el Expediente N° S01:0222018/2015 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que por las Resoluciones Nros. 142 de fecha 24 de abril de 2012 y 231 de fecha 24 de mayo de 2012, ambas del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, se modificaron los plazos para el ingreso al sistema financiero local de divisas, producto de las operaciones de exportación.

Que, asimismo, por la resolución citada en primer término en el considerando precedente, se procedió a conformar una Unidad de Evaluación actualmente integrada por los titulares de la SUBSECRETARÍA DE COMERCIO, EXTERIOR de la SECRETARÍA DE COMERCIO, y de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD ambas del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, a la que se incorporó el MINISTERIO DE INDUSTRIA, en atención a la invitación cursada por la referida norma.

Que a requerimiento de partes interesadas, dicha Unidad evaluó diversas solicitudes formuladas por el sector exportador, atento a la naturaleza o características de las operaciones detalladas en cada caso, en el marco de los plazos previstos por la normativa.

Que cabe destacar que la naturaleza del comercio exterior exige dar respuesta a las particularidades de las operaciones comerciales, previéndose en la propia Resolución N° 142/12 del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, la posibilidad de ajustar los plazos definidos a solicitud de parte interesada.

Que la Unidad de Evaluación, a través del Acta N° 21 de fecha 25 de junio de 2015, recomendó al titular de esta Cartera de Estado la extensión de los plazos para las empresas consignadas en el Anexo de dicho instrumento y para las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) allí detalladas.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 3 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y el Artículo 5° del Decreto N° 1.638 de fecha 11 de diciembre de 2001.

Por ello,

EL MINISTRO

DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Establécese que para los casos incluidos en el Anexo, que con DOS (2) hojas, forma parte integrante de la presente resolución serán aplicables los plazos para el ingreso al...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR