Resolución 874/2009
Fecha de disposición | 08 Enero 2010 |
Fecha de publicación | 08 Enero 2010 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 31817 |
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Registro Nº 764/2009
Bs. As., 16/7/2009
VISTO el Expediente Nº 65.040/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a foja 2 del Expediente Nº 65.040/09 obra el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DEL PERSONAL JERARQUICO DEL AGUA Y LA ENERGIA (A.P.J.A.E.), y la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE SANTIAGO DEL ESTERO SOCIEDAD ANONIMA (EDESE S.A.), por el sector empresarial, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que el presente Acuerdo es concertado en el marco del C.C.T. Nº 672/04 "E", celebrado entre las mismas partes.
Que mediante dicho acuerdo las partes convienen otorgar al personal un pago extraordinario por única vez y de carácter excepcional y no remunerativo de MIL SETECIENTOS PESOS ($ 1.700) abonable conforme a los términos y condiciones pactadas.
Que asimismo convienen en abonar una suma remunerativa consistente en el DIECISEIS CON SETENTA POR CIENTO (16,70%) calculado sobre la totalidad de haberes habituales y mensuales devengados durante el período agosto 2008, a partir del mes de diciembre de 2008 bajo los términos allí convenidos.
Que las partes han acreditado la representación invocada con la documentación agregada a los actuados.
Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la entidad empresaria signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que una vez dictado el presente acto administrativo por el que se homologa el Acuerdo alcanzado, se procederá a intimar a las partes de autos a acompañar las escalas salariales a fin que la Dirección de Regulaciones del Trabajo evalúe la procedencia del cálculo de la base promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio, según lo prescrito en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba