Resolución 956/2009
Fecha de la disposición | 6 de Enero de 2010 |
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 956/2009
Registros Nº 825/2009 y Nº 826/2009
Bs. As., 3/8/2009
VISTO el Expediente Nº 1.316.243/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 24.013, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que la empresa FERVI AIR SOCIEDAD ANONIMA celebra dos acuerdos directos con el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA obrantes a fojas 13/15 y 41/43 del Expediente Nº 1.316.243/09, los que son ratificados por las partes a fojas 16/17 y 32 y a fojas 44/45 y 46, respectivamente, donde solicitan su homologación.
Que si bien se encuentra vigente lo regulado en la ley 24.013 y el Decreto Nº 265/02 que impone la obligación de iniciar un Procedimiento Preventivo de Crisis con carácter previo al despido o suspensión de personal, atento al consentimiento prestado por la entidad sindical en los acuerdos bajo análisis, se estima que ha mediado un reconocimiento tácito a la situación de crisis que afecta a la empresa, toda vez que con los mismos se logra preservar los puestos de trabajo, resultando la exigencia del cumplimiento de los requisitos legales un dispendio de actividad.
Que a foja 40 obra la nómina del personal afectado por las suspensiones pactadas, la cual es ratificada por las partes a fojas 44/45 y 46.
Que los sectores intervinientes acreditan la representación que invisten con la documentación adjunta y ratifican en todos sus términos los Acuerdos de marras.
Que en razón de lo expuesto, procede la homologación de los mismos, los que serán considerados como acuerdos marco de carácter colectivo, sin perjuicio del derecho individual del personal afectado.
Que por último, deberá hacérsele saber que de requerir cualquiera de las partes la homologación administrativa en el marco del Artículo 15 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, es necesario que los trabajadores manifiesten su conformidad en forma personal y ello deberá tramitar ante la Autoridad Administrativa competente.
Que la Unidad de Tratamiento de Situaciones de Crisis toma la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
Declárase homologado el Acuerdo suscripto entre la empresa FERVI AIR SOCIEDAD ANONIMA y el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, obrante a fojas 13/15 del Expediente Nº 1.316.243/09 y la nómina del personal afectado obrante a foja 40, ratificados por las partes a fojas 16/17 y 32 y a fojas 44/45 y 46, respectivamente, del Expediente Nº 1.316243/09.
Declárase homologado el Acuerdo suscripto entre la empresa FERVI AIR SOCIEDAD ANONIMA y el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, obrante a fojas 41/43 del Expediente Nº 1.316.243/09 y la nómina del personal afectado obrante a foja 40, ratificados por las partes a fojas 44/45 y 46 del Expediente Nº 1.316.243/09.
Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento de Coordinación registre cada uno de los Acuerdos obrantes a fojas 13/15 y 41/43 del Expediente Nº 1.316.243/09 ambos conjuntamente con la nómina del personal afectado obrante a foja 40.
Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Empresa Nº 837/07 "E".
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