Resolución 26/2009

Fecha de la disposición30 de Noviembre de 2009

Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca

EMERGENCIA AGROPECUARIA

Resolución 26/2009

Declárase el estado de emergencia agropecuaria en la Provincia de Catamarca, a los efectos de la aplicación de la Ley Nº 26.509.

Bs. As., 23/11/2009

VISTO el Expediente Nº S01:0118445/2009 del Registro del ex MINISTERIO DE PRODUCCION, la Ley Nº 26.509 y su Decreto Reglamentario Nº 1712 del 10 de noviembre de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que la Provincia de CATAMARCA ha dictado el Decreto Nº 115 de fecha 16 de febrero de 2009, mediante el cual se declara en estado de emergencia agropecuaria, por el término de UN (1) año contado a partir del 5 de febrero de 2009, por sequía, que afectó a las explotaciones agrícola ganaderas de los Departamentos de La Paz, Santa Rosa, Ancasti y El Alto; por sequía, heladas y granizo que afectó a las producciones de frutales, hortalizas, forrajes, pasturas naturales y a la producción ganadera de los Departamentos de Capayan y Valle Viejo; por heladas tardías a las producciones de frutales afectadas, ubicadas en las Localidades de Fiambalá, Medanitos, Taton y Saujil del Departamento de Tinogasta y por sequía y granizo a las producciones afectadas de frutales, hortalizas, forrajes, pasturas naturales y ganadera de las Localidades de El Rodeo, La Puerta, Los Potrerillos, Los Talas, Los Varelas, Los Castillos, La Aguada, El Bolsón, Singuil, Las Chacritas y Humaya del Departamento de Ambato.

Que el Decreto Nº 115/09 declara en estado de desastre agropecuario a las producciones aromáticas, hortícolas y frutales afectadas por lluvia, granizo e inundaciones de las Localidades de Las Mojarras y El Puesto del Departamento de Santa María, por el término de UN (1) año contado a partir del 5 de febrero de 2009.

Que la Provincia de CATAMARCA presentó el citado Decreto Nº 115/09 y la información técnica correspondiente, durante la vigencia de la Ley Nº 22.913, quedando su situación sin resolver al ser esta norma derogada por la Ley Nº 26.509.

Que el Artículo 5º del Decreto Nº 1712 de fecha 10 de noviembre de 2009 faculta expresamente al MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA a dictar los respectivos actos administrativos para declarar el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, o prorrogar, en su caso, los consecuentes beneficios, de aquellas jurisdicciones provinciales que a la fecha de la sanción de la Ley Nº 26.509 contasen con los decretos provinciales de declaración de...

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