Resolución N° 569/GCABA

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESOLUCIÓN N° 569/ GCABA

Se determinan obligaciones a comerciantes comprendidos en la Resolución N 430-SHYF/01

Buenos Aires

RESOLUCIÓN N° 569 - AGIP/09

Buenos Aires, 2 de septiembre de 2009.

VISTO: El Código Fiscal (t.o. 2008) y su modificatoria Ley N° 2997 (BOCBA N° 3092), y

CONSIDERANDO:

Que los regímenes de retención y/o percepción, conforman herramientas de política tributaria eficaces y efectivas para combatir la evasión fiscal;

Que con la finalidad de optimizar la recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos se considera oportuno, de acuerdo a razones de administración del gravamen, establecer la obligación de efectuar la correspondiente percepción sobre todas las operaciones de venta efectuadas al contado y en dinero efectivo, por un importe superior a los $ 1.000.- (pesos un mil) -conforme Ley Nacional N° 25.345 y modificatorias- que lleven a cabo los fabricantes, productores, mayoristas y/o distribuidores de todo tipo de productos y/o prestadores de servicios; a quienes revistan el carácter de responsables frente a dicho tributo;

Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL

DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE

Artículo 1°

Los fabricantes, productores, mayoristas y/o distribuidores de todo tipo de productos y/o prestadores de servicios que se encuentren comprendidos en los términos de la Resolución...

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