Resolución N° 544/GCABA/AGIP/09

FirmantesWalter
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorAdministración Gubernamental de Ingresos Públicos
Fecha de la disposición26 de Agosto de 2009

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESOLUCIÓN N° 544/ GCABA/ AGIP/ 09

FE DE RERRATAS - LA ACTIVIDAD DE DESARROLLO DE SOFTWARE SE ASIMILA A UNA ACTIVIDAD PRODUCTIVA DE TRANSFORMACIÓN ASIMILABLE A UNA ACTIVIDAD INDUSTRIAL - EFECTOS IMPUESTO SOBRE INGRESOS BRUTOS - NO REQUIERE EXIGENCIA DE HABILITACIÓN DE INMUEBLES PARA GOZAR DE BENEFICIOS FISCALES - INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO NACIONAL DE PRODUCTORES DE SOFTWARE Y SERVICIOS INFORMÁTICOS

Buenos Aires, 26/08/2009

VISTO: el artículo 1° de la Ley Nacional N° 25.856, el artículo 27 de la Ley N° 2511 (BOCBA N° 2831), el artículo 1°, inciso 24), apartado 25) de la Ley N° 2997 (BOCBA N° 3092), el artículo 61, inciso b) de la Ley Tarifaria vigente para el año 2009 y la Resolución N° 165/AGIP/2009 (BOCBA N° 3140) y,

CONSIDERANDO:

Que el requisito de contar con la debida habilitación de un establecimiento radicado en el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires previsto en la norma citada de la Ley Tarifaria para las actividades industriales en general, no es aplicable a la producción de software en su tratamiento frente al Impuesto sobre los Ingresos Brutos como una actividad productiva de transformación asimilable a una actividad industrial;

Que el Decreto N° 1321/08 (BOCBA N° 3060) reglamentario de la Ley N° 2511, en su artículo 27 del Anexo I, establece como condición para acreditar la calidad de productor de software, la inscripción en el Registro Nacional de Productores de Software y Servicios Informáticos y demostrar que goza de los beneficios establecidos en la Ley N° 25922;

Que consecuentemente, resulta necesario dictar la norma que aclare que no es exigible el requisito de la debida habilitación de los inmuebles en los que se efectúe la actividad de desarrollo de software y defina lo que se exige en su sustitución;

Por ello y en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL

INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE

En...

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