Represores y Derechos Humanos I

A Texto
Ordenaron liberar a Astiz y a otros 20 represores

"Es una vergüenza", dijo Cristina; por una apelación, seguirán presos1

Por demoras en las causas, la Cámara Nacional de Casación Penal suspendió las prisiones preventivas que cumplen los ex capitanes de la Armada Alfredo Astiz y Jorge Acosta y cerca de otros 20 militares, procesados por la represión ilegal durante la última dictadura. Por ahora, sin embargo, ninguno de ellos quedará en libertad porque la decisión será apelada ante la Corte Suprema.

La decisión provocó gran conmoción política y un fuerte rechazo del Gobierno y de organismos de defensa de los derechos humanos, que coincidieron en criticar a la Justicia. "Hoy es un día de vergüenza para la Argentina, para la humanidad y para nuestro sistema judicial", dijo la presidenta Cristina Kirchner durante un acto en el predio de la ESMA por el Día Internacional de los Derechos Humanos.

En una resolución dividida, que se firmó anteayer y se conoció ayer, la Sala II de la Casación sostuvo que el tiempo que los imputados llevaban en prisión preventiva excedía el plazo máximo de tres años previsto por la ley y que las sucesivas prórrogas de las detenciones iban en contra de las garantías procesales de los acusados.

Arrestados en 2001, Astiz y Acosta están alojados en el penal de Marcos Paz. Ninguno de los dos recuperará la libertad; ni siquiera si el fallo de la Casación queda firme, debido a que están detenidos en causas a las que no alcanza la resolución conocida ayer. Eso mismo deberán analizar los jueces de los tribunales inferiores en el resto de los casos, para verificar si corresponde dictar las liberaciones dispuestas por Casación. Entre los represores acusados están los marinos Raúl Scheller, Jorge Radice, Manuel García Tallada, Víctor Pardo, Antonio Pernías, Néstor Sabio, Eduardo González y Juan Carlos Rolón.

Fuentes de la Procuración General de la Nación anticiparon ayer que el fiscal ante la Casación Raúl Pleé apelaría la resolución en los próximos días. Hasta que se resuelva ese recurso, la medida quedará en suspenso.

El fallo contó con el voto de mayoría de Guillermo Yacobucci y Luis García, dos jueces que actúan en el tribunal como subrogantes desde abril de este año. Gustavo Mitchell, un representante de la vieja guardia de la Casación, votó en contra de las liberaciones.

La resolución -en realidad, son varios fallos similares- afecta a cinco causas por crímenes de lesa humanidad cometidos por represores de la ESMA, como los expedientes por el secuestro de Rodolfo Walsh y por el secuestro de las monjas francesas Alice Domon y Léonie Duquet. La mayoría de esas causas esperan el inicio del juicio en el Tribunal Oral Federal N° 5. Otras siguen en etapa de instrucción, en el juzgado federal de Sergio Torres.

En sus votos, Yacobucci y García explicaron que en algunos casos las prisiones preventivas se habían extendido durante más de siete años y se habían prorrogado en seis oportunidades, lo que superaba claramente la noción de plazo "razonable", contemplado en la Convención Americana de Derechos Humanos y en diversos antecedentes de la Corte Suprema y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

"La prolongación de la prisión preventiva tiene límites temporales que deben ser atendidos para impedir que se constituya en una pena anticipada", sostuvo Yacobucci. Los jueces coincidieron en que más allá de la complejidad de las investigaciones y de las diversidad de las imputaciones, las prisiones preventivas no podían ser extendidas más allá del plazo que establece la ley.

El fallo motivó un duro comunicado de organismos de defensa de los derechos humanos. "La liberación de los acusados es posible porque las distintas instancias de la Justicia han demorado en forma injustificada los procesos, dilatando la posibilidad de alcanzar la instancia de los juicios orales y públicos", dice el texto, firmado por Abuelas de Plaza de Mayo, el Centro de Estudio Legales y Sociales (CELS), Familiares de Desaparecidos y Detenidos por Razones Políticas, la Fundación Memoria Histórica y Social Argentina, Hijos y Madres de Plaza de Mayo-Línea Fundadora. "Desde la reapertura de las causas, ni los jueces ni los fiscales, salvando contadas excepciones, han mostrado pericia y agilidad en las investigaciones de los casos, por lo que éstas se han prolongado en forma irrazonable", agrega.

La unidad fiscal especializada en causas de derechos humanos atribuyó las demoras de las causas a varios motivos: jueces que se van y no encuentran reemplazante; investigaciones gigantescas que se acumulan en un mismo tribunal; etapas preparatorias que se prolongan sin razón, y recusaciones y excusaciones que suceden durante meses.

Fruto de una perezosa lentitud

La excarcelación de una decena de ex militares responde a una culpa compartida: la perezosa lentitud de la Justicia y, fundamentalmente, la improvisación con la que el Poder Ejecutivo y los bloques justicialistas del Congreso encararon la organización de los juicios.2

En el país se sustancian 800 causas contra cientos de represores o con miles de testigos. Era previsible que algo iba a ocurrir.

Para evitar este desenlace, el Congreso debió haber aprobado un conjunto de reglas procesales nuevas, que permitiesen acumular causas, abreviar los plazos, simplificar los recursos y adoptar otras medidas. El proyecto fue diseñado por los ex camaristas federales Ricardo Gil Lavedra y Andrés D´Alessio y fue presentado por la bancada radical en 2006. Pero el bloque justicialista se opuso a tratarlo. La mezquindad política ganó la partida.

Ahora, se pretende que Astiz y otros represores no queden libres. Pero un país es un Estado de Derecho cuando tiene reglas que se aplican a todos por igual, buenos o malos, violadores o ladrones. Y esas reglas indican claramente que nadie puede estar detenido siete años sin sentencia, sea que ese nadie se llame Pedro o Astiz. Lo mismo dicen los tratados internacionales. Eso es el Estado de Derecho, que no puede pagarles a los ex represores con la misma vara torcida que ellos usaron para violar los derechos humanos.

Una cosa es que, como lo resolvió la Corte, el delito que se les imputa sea imprescriptible, lo que significa que su juzgamiento puede ser perseguido ahora o siempre, y otra muy distinta es que el Estado, antes de llegar a aplicar una condena, someta a los imputados a juicios que se eternizan que sean condenados, todos por igual, a reclusión perpetua, sin distinguir matices de participación.

La decisión de Néstor Kirchner de promover la reapertura de los juicios y el fallo de que Corte que lo posibilitó no podían tener efectos mágicos. Era previsible que se necesitaban medidas propias de una gestión de gobierno.

ESMA: el Gobierno dice que hubo una "chicana judicial"

Rechazó las críticas por la supuesta culpa del oficialismo en la demora en los procesos3

El Gobierno redobló ayer la ofensiva contra los jueces a raíz de la orden de liberación -ahora en suspenso- que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR