Registrada Bajo el Nº 13778

Fecha de Entrada en Vigor22 de Septiembre de 2018
Fecha de la disposición21 de Septiembre de 2018

REGISTRADA BAJO EL Nº 13778

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

ARTÍCULO 1

Modifícase el artículo 3 de la ley 13680, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"ARTICULO 3.- Excepciones a las normas administrativas. Las adquisiciones y contrataciones efectuadas por el Poder Ejecutivo en el marco de las situaciones de emergencia que justifican esta Ley, quedan comprendidas en las normas y mecanismos de excepción previstas en los artículos 116 inc. c) apartado 2) de la Ley N° 12510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado, y 20 inc. c) de la Ley 5188 Obras Públicas de la provincia de Santa Fe, y sus respectivos decretos reglamentarios, los que serán comunicados al Tribunal de Cuentas dentro de los cinco (5) días hábiles de su emisión. Los actos y contrataciones que establece la presente norma podrán ser autorizados u otorgados por resolución del Ministro del área correspondiente, o en su defecto, por los Secretarios o Subsecretarios, o por el Administrador de la Dirección Provincial de Vialidad en el caso de su área, sin ser necesario el trámite ordinario interno ni el pase por las diferentes direcciones de los Ministerios, quedando por imperio de la presente Ley autorizados dichos funcionarios a suscribir los actos, órdenes y contratos respectivos. Para ello, se formará expediente específico referenciado en la presente norma, describiendo los fundamentos de la urgencia y disponiendo el acto administrativo correspondiente, el cual debe ejecutarse a la brevedad dada las características de la urgencia. El Tribunal de Cuentas debe efectuar el control de los actos y procedimientos desarrollados por los funcionarios autorizados, o los órganos que a tales fines éstos comisionen, de conformidad a la legislación vigente, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, y comunicarlo a las Cámaras Legislativas dentro de los cinco (5) días de emitido y tener en cuenta el carácter excepcional de la presente norma que prioriza...

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