Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala C, 20 de Abril de 2022, expediente CIV 006145/2021/CA001

Fecha de Resolución20 de Abril de 2022
EmisorCamara Civil - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA C

6145/2021

REDELICO, G.A. c/ ASOCIACION CIVIL

CATAP s/COBRO DE HONORARIOS PROFESIONALES

Buenos Aires, de abril de 2022.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

El Tribunal está facultado para examinar de oficio la procedencia del recurso de apelación, pues sobre el punto no se encuentra ligado por la conformidad de las partes ni por la concesión del juez de primer grado, aun cuando se encuentre consentida, ya que ésta no reviste carácter de definitiva, por lo que la Sala se halla facultada para rever e incluso modificar el juicio de admisibilidad (CNCiv.,

S.C., “C., P.c.M., R. s/ daños y perjuicios”, del 5/6/13; id., “M., C. s/

Sucesión”, del 27/2/13; id., “Stonehedge S.A. c/

Consorcio s/ oposición a la ejecución de reparaciones urgentes”, del 14/7/15; id.,

G., G.c.O., J. s/ ejecución hipotecaria

, del 6/6/17 y sus citas).

Es dable señalar que, conforme lo ha decidido reiteradamente esta Sala, la inapelabilidad que consagra el art. 379 del Código Procesal tiene por objeto evitar las dilaciones que produce la interposición y trámite de recursos durante el período de prueba, limitado ello a las cuestiones relativas sobre producción, denegación y sustanciación,

como cualquier resolución vinculada con esos Fecha de firma: 20/04/2022

Firmado por: O.L.D.S., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: J.M.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: PABLO TRIPOLI, JUEZ DE CAMARA

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA C

temas (CNCiv., S.C., R. de H. 479.611 del 12/04/07; íd., íd., R. de H. 520.145 del 18/11/08 y sus citas).

Así, en supuestos similares a los que aquí se trata, tiene dicho esta Sala que el decisorio que desestima la negligencia de prueba planteada...

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