Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4, 20 de Octubre de 2022, expediente CFP 006829/2019/9/RH002

Fecha de Resolución20 de Octubre de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

CFP 6829/2019/9/RH2

REGISTRO NRO.1418/22.4

Buenos Aires, 20 de octubre de 2022.

AUTOS Y VISTOS:

Se integra la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal de manera unipersonal por el señor juez G.M.H., conforme al sorteo practicado en autos, a los efectos de resolver en la presente causa CFP 6829/2019/9/RH2 del registro de esta Sala IV, acerca de la queja por recurso de casación denegado interpuesta por la defensa particular de M.B. y M.P.M. contra la resolución de Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia que confirmó la decisión del juez de grado que rechazó el planteo de excepción de incompetencia material –en favor de la justicia provincial- formulado por esa parte.

Y CONSIDERANDO:

La decisión recurrida, por regla, no puede ser impugnada por la vía del recurso de casación intentado ya que su dictado no imposibilita la prosecución de las actuaciones tal como prevé el artículo 457 CPPN para habilitar la intervención de esta Cámara.

Así lo ha precisado la Corte Suprema de Justicia de la Nación en numerosos precedentes, al expedirse con relación al recurso extraordinario federal previsto por el art. 14 de la ley 48 (cfr.

C.S.J.N. Fallos 341:327; 339:901; 314:1741;

311:1232; 303:1542 y 302:417; entre muchos otros).

Si bien el Alto Tribunal ha admitido Fecha de firma: 20/10/2022

Alta en sistema: 21/10/2022

Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

Firmado por: M.F.O., PROSECRETARIO DE CAMARA

excepcionar esta regla cuando hubiera denegatoria del fuero federal (Fallos: 310:1425 y 1885; 311:605;

313:249; 314:733 y 853, 308:2230, 306:2101, 295:476,

entre tantos otros), lo cierto es que este caso no se verifica este supuesto en tanto, justamente, la decisión impugnada confirma la competencia de este fuero de excepción.

Finalmente, tampoco se observa que lo resuelto implique la irrogación de un perjuicio de imposible o tardía reparación ulterior o de alguna cuestión federal que permita habilitar...

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