Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4, 5 de Noviembre de 2018, expediente CFP 005048/2016/76/RH033

Fecha de Resolución 5 de Noviembre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 CFP 5048/2016/76/RH33 REGISTRO NRO 1685/18.4 Buenos Aires, 5 de noviembre de 2018.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa CFP 5048/2016/76/RH33 acerca de la presentación directa efectuada por la defensa particular de G.M.G. a fs. 1/12.

Y CONSIDERANDO:

  1. Que con fecha 22/5/18 la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de esta ciudad revocó la falta de mérito de G.M.G. y decretó su procesamiento por el delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública (arts. 45, 173, inc. 7 y 174, inc. 5 del C.P.; arts. 306 y 310 del C.P.P.N.),

  2. Contra esa decisión interpuso “recurso de apelación horizontal” y recurso de casación, el primero de ellos fue rechazado con fecha 29/6/18 y el segundo concedido (fs. 16/21).

    Respecto del rechazo del “recurso de apelación horizontal” la defensa del imputado presentó recurso de queja ante ese mismo tribunal, que fue rechazada in limine (fs. 13/13 vta.). Ello, originó un recuro de casación que fue declarado inadmisible (fs. 14/14 vta.) y motivó la presentación directa en esta instancia (fs. 1/12).

    Fecha de firma: 05/11/2018 Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: G.J.Y., JUEZ DE CASACIÓN FEDERAL Firmado(ante mi) por: S.M.M., Secretaria de Cámara #32739858#220246662#20181105143817064

  3. En primer lugar debemos destacar que esta Sala IV con fecha 1/8/18 (Reg. N..

    923/18.4) ya se expidió respecto del recurso de casación recientemente mencionado que fuera interpuesto contra la decisión descripta en el punto I, y concedido por el a quo (fs. 16/21). En esa oportunidad, esta S.I. resolvió declarar inadmisible el recurso de casación.

    Lo que ahora se encuentra a estudio de esta S.I. es la decisión de la cámara de apelaciones que rechaza el recurso de la defensa de Gentili mediante el cual solicita que sea la otra Sala de ese mismo tribunal el que revise una decisión como la que se plantea en autos –cámara de apelaciones revoca falta de mérito y dicta procesamiento-. Ello, porque entiende que de ese modo se garantizaría el derecho al recurso.

    Los señores jueces doctor M.H.B. y G.J.Y. dijeron:

    Que la queja en estudio no habrá de prosperar en la medida en que la resolución recurrida no supera el límite de impugnabilidad objetiva previsto por el artículo 457 del C.P.P.N.

    ya que no se trata de una sentencia...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR