Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1, 12 de Agosto de 2021, expediente FRO 001904/2013/57/RH032
Fecha de Resolución | 12 de Agosto de 2021 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1 |
CFCP – SALA I
FRO 1904/2013/57/RH32
Cámara Federal de Casación Penal “Recurso de queja N° 57 – TABARES,
P.G. y otros s/
defraudación por administración fraudulenta”
Registro Nro. 1345/2021
Buenos Aires, 12 de agosto de 2021.
AUTOS Y VISTOS:
Integrada la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal por los señores jueces doctores D.A.P.–.-, A.M.F. y D.G.B. –vocales-, reunidos de manera remota y virtual de conformidad con lo establecido en las Acordadas 27/20 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación -CSJN- y 15/20 de esta Cámara Federal de Casación Penal -CFCP-, para decidir acerca de la queja por recurso de casación denegado interpuesta en el presente legajo N°
FRO 1904/2013/57/RH32, del registro de esta Sala I,
caratulado “Recurso de queja N° 57 – TABARES, P.G. y otros s/ defraudación por administración fraudulenta”.
Y CONSIDERANDO:
Los señores jueces D.A.P. y D.G.B. dijeron:
-
Que, en fecha 23 de julio de 2020, la Sala “B” de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario resolvió: “I) Confirmar, en cuanto ha sido materia de recurso, la resolución del 16/10/19 (fs. 26/30)”,
mediante la cual no se hizo lugar al planteo de prescripción de la acción penal respecto de F.S..
Contra esa decisión, la asistencia técnica de la imputada interpuso recurso de casación, cuya denegatoria motivó la presentación directa ante esta instancia.
-
Que la parte recurrente no logra refutar de forma adecuada la ausencia del presupuesto objetivo de admisibilidad que señaló la cámara de apelaciones como Fecha de firma: 12/08/2021
objeción al recurso de casación presentado.
Firmado por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA
Firmado por: D.A.P., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL
Firmado por: D.G.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL
CFCP – SALA I
FRO 1904/2013/57/RH32
Cámara Federal de Casación Penal “Recurso de queja N° 57 – TABARES,
P.G. y otros s/
defraudación por administración fraudulenta”
En efecto, la decisión impugnada no reviste la calidad de sentencia definitiva ni se equipara a ella por sus efectos, y tampoco se trata de alguno de los autos contenidos en el artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación -CPPN- (con remisión en lo pertinente y aplicable cfr. causas n° CFP 5633/2018/44/RH1, “Depps Torres, J. s/recurso de queja”, reg. n° 931/20, del 30/07/20; CFP 17987/2017/7/RH1, “T. de Armas, F. s/ recurso de queja”, reg. n° 557/19 del 10/04/19; CFP
13404/2007/19/RH2, “F., C. s/recurso de queja”,
reg. n°...
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