Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2, 8 de Noviembre de 2022, expediente FRE 003493/2020/5/RH001
Fecha de Resolución | 8 de Noviembre de 2022 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2 |
Cámara Federal de Casación Penal Sala II
Causa Nº FRE 3493/2020/5/RH1
Pascua, L.d.C. s/
recurso de queja
Registro nro.: 1454/22
Buenos Aires, 8 de noviembre de 2022.
AUTOS Y VISTOS:
́ ́
Integrada la Sala II de la Camara Federal de Casacion ̃
Penal por los senores jueces doctores C.A.M. y G.J.Y. y A.E.L., para decidir acerca del recurso de queja en la presente causa FRE
3493/2020/5/RH1 del registro de esta Sala, caratulada:
Pascua, L.d.C. s/ recurso de queja".
Y CONSIDERANDO:
Los señores jueces doctores C.A.M. y G.J.Y. dijeron:
1°) Que la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia confirmó la resolución del juez instructor que dispuso el auto de procesamiento sin prisión preventiva de L.d.C.P., como autora responsable de los delitos de Malversación de Caudales Públicos en concurso real con Enriquecimiento Ilícito (arts. 261 y 268 -2º punto-, en función del art. 55, todos del Código Penal) y Defraudación contra la Administración Pública (art. 174 del referido digesto sustantivo), trabando embargo sobre sus bienes.
Contra dicho pronunciamiento dedujo recurso de casación la defensa particular de la encausada, cuya denegatoria motivó la presentación directa en estudio.
2º) Que habrá de confirmarse el criterio denegatorio,
ello pues en forma inveterada, este Tribunal lleva dicho que el ordenamiento procesal establece una limitación objetiva para la procedencia del recurso casatorio que, en lo Fecha de firma: 08/11/2022
Alta en sistema: 09/11/2022
Firmado por: A.E.L., JUEZ DE CAMARA DE CASACION
Firmado por: M.A.T.S., SECRETARIA DE CAMARA 1
Firmado por: C.A.M., JUEZ DE CAMARA DE CASACION
Firmado por: G.J.Y., JUEZ DE CAMARA DE CASACION
37051374#343890129#20221107142315224
sustancial, exige que, por vía de principio se trate de hipótesis que revistan la calidad de sentencia definitiva o equivalente (in re “Cetra, L.M. s/ rec. de queja”, c.
nro. 14.137, rta. el 12/04/2012, reg. nro. 19817; 14786 y “B., O. y otra s/ rec. queja”, c. nro. 14786, rta.
11/05/2012, entre otras), requisito que no se cumple cuando lo que se impugna es la confirmación del auto de procesamiento.
Asimismo la decisión que se pretende impugnar ha sido dictada por la Cámara de Apelaciones, en su carácter de órgano revisor de las resoluciones emanadas de los magistrados a cargo de la instrucción, es decir en el caso existe doble conformidad judicial.
Finalmente, no se ha argumentado adecuadamente la existencia de una cuestión federal, para habilitar la intervención de esta...
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