Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1, 2 de Diciembre de 2021, expediente FGR 028482/2017/5/RH003

Fecha de Resolución 2 de Diciembre de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1

Cámara Federal de Casación Penal CFCP – SALA I

FGR 28482/2017/5/RH3

N., P. s/recurso de queja

Registro Nro. 2247/21

Buenos Aires, 2 de diciembre de 2021.

AUTOS Y VISTOS:

Integrada la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal por los señores jueces doctores D.A.P.-.-, A.M.F. y D.G.B. -Vocales-, reunidos de conformidad con lo establecido en las Acordadas 24/21 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) y 5/21 de esta Cámara Federal de Casación Penal (CFCP),

para resolver acerca de la admisibilidad de la queja por recurso de casación denegado interpuesta en el presente legajo FGR 28482/2017/5/RH3 de esta Sala, caratulado “N., P. s/recurso de queja”.

Y CONSIDERANDO:

Los señores jueces D.A.P. y Diego G.

Barroetaveña dijeron:

  1. Que, en fecha 23 de septiembre de 2021, la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca resolvió declarar abstracta la cuestión articulada en el recurso de apelación interpuesto por la defensa de P.N. contra la resolución del juez de grado por la cual rechazó el planteo de nulidad.

    Contra esa decisión, la defensa pública oficial del imputado interpuso recurso de casación, cuya denegatoria motivó la presentación directa ante esta instancia.

  2. Que la parte recurrente manifestó su disconformidad con los argumentos expuestos por la cámara a quo para denegar el recurso de casación, sin lograr refutarlos a través de sus agravios.

    En efecto, la decisión cuestionada, por su naturaleza y efectos, no reviste la calidad de sentencia definitiva ni se Fecha de firma: 02/12/2021

    Firmado por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

    Firmado por: D.A.P., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

    Firmado por: D.G.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

    Cámara Federal de Casación Penal CFCP – SALA I

    FGR 28482/2017/5/RH3

    N., P. s/recurso de queja

    equipara a ella en los términos del artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación (CPPN), ya que no se trata de un auto que pone fin a la acción ni a la pena, no hace imposible que continúen las actuaciones, ni tampoco deniega la extinción, conmutación o suspensión de la pena.

    Asimismo, tiene dicho el alto Tribunal que las decisiones que admiten o deniegan nulidades, por regla, no constituyen pronunciamientos definitivos pues en esta materia prima un criterio de interpretación restrictiva (Fallos:

    328:1874, entre otros).

    Por lo demás, las discrepancias valorativas expuestas por la...

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