Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - Sala 1, 23 de Diciembre de 2014, expediente FSA 024000471/2011/5/RH003

Fecha de Resolución23 de Diciembre de 2014
EmisorSala 1

Camara Federal de Casación Penal Cámara Federal de Casación Penal - Sala I - DDHH Recurso Queja Nº 5 - s/HOMICIDIO AGRAVADO CON ENSAÑAMIENTO - ALEVOSIA, HOMICIDIO AGRAVADO P/EL CONC.DE DOS O MAS PERSONAS y PRIVACION ILEGAL Buenos Aires, diciembre de 2014.-

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver la recusación articulada por la defensa contra la doctora A.M.F., en esta causa nº FSA 24000471/2011/5/RH3, caratulada: “De Nevares, M.I. s/ recurso de casación”.

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que notificada la integración de esta Sala I, la defensa oficial planteó el apartamiento de la señora jueza doctora A.M.F. por entender que, de conformidad con los precedentes de la Sala II de esta Cámara, no corresponde la intervención de la magistrada en todas aquellas causas en las que la Secretaría de Derechos Humanos sea parte querellante.

  2. ) Que, producido el correspondiente informe del art. 61 del C.P.P.N. en el que la señora jueza propuso el rechazo de la recusación articulada, las actuaciones han quedado en condiciones de ser resueltas.

  3. ) Que el tema aquí debatido refiere a la actuación de la integrante de esta Sala I, doctora A.M.F., en las causas en las que se investigan la comisión de delitos de Lesa Humanidad y en que la Secretaría de Derechos Humanos esté constituida como parte querellante.

    Ello así pues, a juicio de la defensa, la circunstancia de que la magistrada haya desarrollado actividad como letrada de ese organismo público encuadraría en la causal de inhibición que contempla el inciso 1º del artículo 55 de la ley ritual y afectaría, además, su imparcialidad.

  4. ) Que, asimismo, el inciso primero del artículo antes citado prescribe que el juez deberá inhibirse de conocer en la causa “si hubiera intervenido en el mismo proceso como funcionario del ministerio público, defensor, denunciante, querellante o actor civil, o hubiera actuado como perito, o conocido el hecho como testigo, o si en otras actuaciones judiciales o administrativas hubiera actuado profesionalmente en favor o en contra de alguna de las partes involucradas.”

  5. ) Que importantes conclusiones se Fecha de firma: 23/12/2014 Firmado por: L.M.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: J.C.G., JUEZ CAMARA CASACION Firmado(ante mi) por: J.M.G., P.A.H. 1 desprenden de esta disposición legal. En primer lugar, la existencia de un aspecto objetivo que lo constituye el rol desarrollado anteriormente en el mismo proceso, y uno subjetivo que hace a su actuación profesional en otros procesos judiciales o...

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