Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4, 3 de Abril de 2023, expediente FMP 009213/2021/47/RH006

Fecha de Resolución 3 de Abril de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

FMP 9213/2021/47/RH6

REGISTRO NRO. 353/23.4

Buenos Aires, 3 de abril de 2023.

AUTOS Y VISTOS:

Integrada la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal por los doctores Gustavo M. Hornos –

Presidente-, J.C. y M.H.B.,

para resolver, sobre la admisibilidad, en la presente causa FMP 9213/2021/47/RH6 caratulada “GÓMEZ

CENTURIÓN, L.I. s/ queja”.

Y CONSIDERANDO:

I.Q., con fecha 18 de noviembre de 2022,

la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, en lo que aquí interesa, confirmó la resolución del juez instructor que dispuso el procesamiento de “LUIS

IGNACIO GÓMEZ CENTURIÓN, de demás constancias personales obrantes en autos, por considerarlo ‘prima facie’ COAUTOR MEDIATO de los delitos de Privación Ilegal de la Libertad y posterior Homicidio doblemente calificado respecto de A.M.T., J.L.M. y C.A.L.; las Privaciones Ilegales de la Libertad Agravadas en perjuicio de F.F.T.V. […]; C.O.L.[.…]; A.J.E. […], H.J.S. […]; J.H.A. […]; R.D.P. […]; A.M.L. […]; G.N.T. […]; J.A.T. […]; Á.A.S. […]; M.E. TORRES […]; J.R.P.U.[…]; H.S.F. […]; G.D. GARAY […]; L.A.F.[…]; R.P.M.[…]; M. de las Nieves ALONSO […];

G.R. D'ALESSANDRO […]; G.R.S.

[…]; C.A. […]; B.D. […]; D.A.R. […]; E.Á.S. […]; H.R.U.[…]; J.C.C. […]; M.Á.V. […]; J.A.R. […]; E.A.A. […]; R.A.A. […]; y Fecha de firma: 03/04/2023

Alta en sistema: 04/04/2023

Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

Firmado por: C.J.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

Firmado por: M.F.O., PROSECRETARIO DE CAMARA

J.V. […]; la aplicación de Tormentos en perjuicio de F.F.T.V. […],

C.O.L.[.…]; A.M. LIMPIEDI […],

A.J.E. […]; Á.A.S.

[…]; H.J.S. […]; R.A.A.

[…]; J.V. […]; M.E. TORRES […]; J.R.P.U. […]; H.S.F. […];

A.M.T.[.…], G.D. GARAY […];

L.A.F. […]; R.P.M.

[…]; M. de las Nieves ALONSO […]; C.A.L. […]; G.R. D'ALESSANDRO […]; del delito de Robo Simple cometido en perjuicio de C.O.L. […]; A.M.L. y A.J.E. […]; Á.A.S. […]; H.J.S. […]; J.L.H. […]; J.A.R. […] y M. de las Nieves ALONSO […]; y los Allanamientos ilegales de domicilios cometido en perjuicio de C.O.L.…]; J.H.A. y R.D.P. […]; A.M.L. y A.J.E. […]; G.N.T. y J.A.T. […]; Á.A.S. […]; H.J.S. […]; José

Luis HORNA […]; J.A.R. […]; M.E. TORRES […]; J.R.P.U. […]; H.S.F. […]; L.A.F. […]; y R.P.M.; todos ellos en concurso real de acciones (artículos 45, 55, 56, 80 inc. 2º y 6º, 144 bis inc.

  1. en función del 142 inc. 1°, 144 ter, 2° párrafo del CP -ley 14.616-, 151, 164 – conforme redacción ley 21.338- del Código Penal)”.

  1. Que contra dicha resolución la defensa particular de L.I.G.C. interpuso recurso de casación, el que, denegado por el a quo,

    motivó la presentación directa ante esta instancia.

  2. Que la resolución -procesamiento confirmado- contra la cual se interpone la presente vía de hecho no se encuentra contemplada entre aquellas resoluciones previstas en el artículo 457 del C.P.P.N., ya que no se trata de una sentencia Fecha de firma: 03/04/2023

    Alta en sistema: 04/04/2023

    Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: C.J.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: M.F.O., PROSECRETARIO DE CAMARA

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    FMP 9213/2021/47/RH6

    definitiva o equiparable a tal, ni de un auto que pone fin a la acción, a la pena o hace imposible que continúen las actuaciones, ni tampoco deniega la extinción, conmutación o suspensión de la pena (C.S.J.N., “P., G.A. s/ causa 1291”,

    rta. el 17/5/2016 y “H., R. y otro s/incidente de recurso extraordinario”, FSA

    13188/2015/3/1/1/RH2, rta. el 5/11/2020).

    El recurrente no alcanzó a demostrar el agravio actual de tardía o imposible reparación ulterior que le genera la decisión dictada por el a quo, que permita equipararla a definitiva a los efectos de habilitar la intervención de esta Cámara (Fallos: 328:1108).

    Asimismo, esta Sala IV de la C.F.C.P tiene dicho que las resoluciones cuya consecuencia sea seguir sometido a proceso penal no constituyen sentencia...

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